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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE

Decisión Administrativa 366/2017

Desígnase Director de Ingeniería Civil.

Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2017

VISTO el Expediente N° EX-2016-03187045-APN-SECPT#MTR, la Ley Nº 27.341, los Decretos Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008, Nº 13 del 10 de diciembre de 2015, Nº 8 del 4 de enero de 2016 y Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017, la Decisión Administrativa Nº 212 del 21 de marzo de 2016 y la Resolución del MINISTERIO DE TRANSPORTE N° 424 del 7 de noviembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Que por el artículo 7° de la mencionada Ley, se estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que mediante el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyeron el artículo 1º y el Título V de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, incorporándose, entre otros, el MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por el Decreto Nº 8 del 4 de enero de 2016, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por la Decisión Administrativa N° 212 de fecha 21 de marzo de 2016, se aprobaron las unidades organizativas de primer nivel operativo y sus respectivas responsabilidades primarias y acciones de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRANSPORTE N° 424 del 7 de noviembre de 2016 se aprobó la estructura organizativa de nivel inferior al primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del citado Ministerio, incorporándose la DIRECCIÓN DE INGENIERÍA CIVIL con su respectiva Función Ejecutiva.

Que el MINISTERIO DE TRANSPORTE solicita la designación transitoria del Ing. Eduardo Juan MAITLAND HERIOT (D.N.I. Nº 8.333.183) en el cargo de DIRECTOR DE INGENIERÍA CIVIL (Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III) dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a efectos de asegurar el normal desenvolvimiento de la mencionada dependencia.

Que el Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.

Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, y en el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la presente medida.

Que la designación en cuestión corresponde efectuarse con autorización excepcional por no reunir el Ing. MAITLAND HERIOT los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que el artículo 5° inciso f) del Anexo a la Ley N° 25.164 - Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional - establece, como impedimento para el ingreso a la Administración Pública Nacional, tener la edad prevista en la Ley Previsional para acceder al beneficio de la jubilación ordinaria, condición en la que se encuentra la persona propuesta por lo que debe ser exceptuado de dicho requisito.

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente.

Que la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Y FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.341, 5° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Excéptuase al Ingeniero Eduardo Juan MAITLAND HERIOT (D.N.I. Nº 8.333.183) del requisito al que se refiere el artículo 5°, inciso f), del Anexo a la Ley N° 25.164 - Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional al solo efecto de posibilitar su designación transitoria en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 2º.- Desígnase a partir del día 9 de noviembre de 2016, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, en el cargo de DIRECTOR DE INGENIERÍA CIVIL (Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del SINEP) dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, al Ing. Eduardo Juan MAITLAND HERIOT (D.N.I. Nº 8.333.183), autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.341 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 3°.- El cargo consignado en el artículo 1° deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII; y en el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 57 - MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Guillermo Javier Dietrich.

e. 12/06/2017 N° 40755/17 v. 12/06/2017

Fecha de publicación 12/06/2017