MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR
Resolución 21-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2017
VISTO el Expediente N° EX-2016-02827825- -APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución N° RESOL-2016-334-E-APN-MA del 29 de septiembre de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2016-334-E-APN-MA del 29 de septiembre de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se aprobó la Convocatoria para la presentación del “RECONOCIMIENTO ESTÍMULO A PROYECTOS DE INNOVACIÓN EN LA CADENA APÍCOLA – EDICIÓN 2016”, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS dependiente de la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Que dicha Convocatoria tuvo por objetivo promover la incorporación de innovaciones tecnológicas y el uso de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) para la producción y consumo de miel y otros productos y se organizó conjuntamente con la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL dependiente de la ex -SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Que el Reconocimiento Estímulo consiste en un Aporte no Rembolsable de PESOS CIEN MIL ($100.000.-) al postulante ganador para el desarrollo de la aplicación, pagaderos el CINCUENTA POR CIENTO (50%) o sea la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) al momento de su adjudicación, con un cheque a nombre de la empresa DW Soluciones Tecnológicas S.R.L. y el saldo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante, o sea la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000-) será abonada a la misma en una cuota, contra entrega del desarrollo final de la aplicación y de un informe de rendición de los gastos efectuados, los que deberán ser aprobados por la SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS de la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR y la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLITICA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Que conforme el Acta de Designación de Ganador, Informe N° IF-2017-04998779-APN-SSAYB#MA el día 3 de noviembre de 2016 se reunió el Jurado compuesto por la Ingeniera Agrónoma Doña Mercedes NIMO, Subsecretaria de Alimentos y Bebidas de la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del citado Ministerio, el Abogado Don Martín GALLI BASUALDO Subsecretario de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL, de la ex - SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL del mencionado Ministerio y, el Licenciado en Administración de Empresas Don Fernando MOLAS Subsecretario de Coordinación Técnica y Administrativa del citado Ministerio, en tanto autoridad a cargo de la Dirección de Informática, de la Subsecretaría mencionada en último término,con el fin de evaluar los proyectos presentados a la convocatoria. También se contó con la participación del Señor Don Alejando MARTÍN, miembro de la SOCIEDAD ARGENTINA DE APICULTORES (SADA), aportando sus consideraciones - de carácter no vinculante - en virtud de su experiencia en la producción de miel y de productos apícolas y de su conocimiento de las necesidades y demandas del sector.
Que el mencionado Jurado, por unanimidad determinó que el reconocimiento debe ser otorgado al Proyecto “MielUp” presentado por la firma DW Soluciones Tecnológicas S.R.L., orientado al desarrollo de una aplicación para dispositivos móviles que actúe como intermediaria entre productores y consumidores de miel y productos apícolas, y su versión para entorno web. Ese proyecto apunta a resolver una problemática concreta de la producción nacional de miel, cuya necesidad principal es promocionar y expandir el consumo interno de la misma.
Que el desarrollo propuesto resulta innovador, ya que ofrecerá canales de venta alternativos, capaces de consolidar el consumo de miel y sus productos derivados en los centros urbanos del país. Asimismo, ofrecerá a los consumidores, la posibilidad de conocer el origen y las características de los productos apícolas y de contactar a los productores en forma directa y sostenida en el tiempo. La propuesta incluye el seguimiento del proceso de compra y entrega y la calificación de los usuarios, lo cual garantizará la confiabilidad de las transacciones en el marco de una plataforma de vinculación horizontal sin intermediarios.
Que asimismo la aplicación propuesta brindará herramientas para difundir el consumo de miel y de productos apícolas de diversas maneras y brindar información acerca de sus beneficios para la salud y el medioambiente.
Que la firma DW Soluciones Tecnológicas S.R.L. ha dado cumplimiento con los requisitos formales e institucionales requeridos para los proyectos, siendo una persona jurídica inscripta y legalmente constituida en el territorio nacional, con no más de CUARENTA Y OCHO (48) meses de antigüedad desde su inscripción al momento de la convocatoria, y que la misma reviste la condición de una Micro y Pequeña empresa en los términos de la Resolución N° 11 del 18 de marzo de 2016 y sus modificatorias de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que la empresa DW Soluciones Tecnológicas S.R.L. ha presentado como garantía, conforme el pliego de Bases y Condiciones, una póliza de seguro de caución N° 1365686 por la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-), incorporada como Informe N° IF-2017-04995580-APN-SSAYB#MA, dando acabado cumplimiento con dicho requisito.
Que este Reconocimiento Estímulo se encuentra estrechamente ligado a las acciones que vienen llevándose a cabo por la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, tendientes al progreso de la competitividad de los productos apícolas, al incremento del valor agregado, a la asistencia y capacitación permanente para mejorar la calidad, sanidad y productividad, a la integración entre eslabones y a la promoción de sus productos, entre los ejes de mayor relevancia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le corresponde.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGREGADO DE VALOR
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otórgase en carácter de Aporte No Reembolsable a favor de la firma DW Soluciones Tecnológicas S.R.L., la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000.-) para el desarrollo de la aplicación tecnológica para la producción y consumo de miel y otros productos en el marco del “RECONOCIMIENTO ESTÍMULO A PROYECTOS DE INNOVACIÓN EN LA CADENA APÍCOLA – EDICIÓN 2016” cuya convocatoria fuera autorizada por la Resolución N° RESOL-2016-334-E-APN-MA de fecha 29 de septiembre de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que los recursos indicados en el Artículo 1° de la presente medida serán aportados por el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, a la cuenta de titularidad que la empresa DW Soluciones Tecnológicas S.R.L. indique, debiéndose abonar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la suma, o sea la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) al momento de su adjudicación, con un cheque a nombre de la empresa mencionada en el Artículo 1° y el saldo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante, o sea la suma de PESOS CIONCUENTA MIL ($ 50.000-) será abonada en una cuota, contra entrega del desarrollo final de la aplicación y de un informe de rendición de los gastos efectuados, los que deberán ser aprobados por la SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS de la SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR y la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, COORDINACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL, ambas del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
ARTÍCULO 3°.- La empresa DW Soluciones Tecnológicas S.R.L quedará comprometida legalmente a entregar el desarrollo propuesto al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, en un plazo máximo de NOVENTA (90) días corridos contados a partir del primer desembolso. Vencido dicho plazo sin que se reciba la correspondiente rendición de cuentas, la empresa deberá reintegrar los fondos no rendidos o no aplicados, en la cuenta que al efecto el citado Ministerio indique. Los fondos indebidamente aplicados por la misma deberán ser reintegrados al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA cuando éste lo solicite bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía mencionada en los considerandos del presente acto.
ARTÍCULO 4°.- El MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se reserva la facultad de requerir a DW Soluciones Tecnológicas S.R.L. la información adicional que considere pertinente y a realizar las verificaciones y auditorías que resulten necesarias a fin de supervisar el cumplimiento de la presente medida a través de la Unidad de Auditoría Interna del citado Ministerio.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la implementación de lo establecido por el Artículo 1° de la presente resolución, será imputado a los recursos disponibles de la Jurisdicción 52, MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, Programa 44 Políticas para Incrementar el Agregado de Valor en las cadenas agroindustriales, Actividad 2 para el ejercicio presupuestario vigente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Nestor Eduardo Roulet.
e. 16/06/2017 N° 41964/17 v. 16/06/2017
Fecha de publicación 16/06/2017