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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 635-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-01415239-APN-DMED#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario convocar el SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES 2017 en las fechas propuestas por el PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES, según el cronograma de presentación, selección y exhibición de obras, presentado como ANEXO I (IF-2017-09641640-APN-SECPC#MC) de la presente.

Que, con miras a la divulgación del certamen, resulta procedente aprobar el reglamento al que deberán sujetarse los participantes de cada disciplina, teniendo en cuenta sus singulares características, presentado como ANEXO II (IF-2017-09641550-APN-SECPC#MC) de la presente.

Que se ha procedido a calcular el monto de las erogaciones que se deberán efectuar con motivo de la realización del SALÓN NACIONAL, presentado como ANEXO III (IF-2017-09641509-APN- SECPC#MC) de la presente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el gasto que demande la presente medida cuenta con el financiamiento otorgado por la Ley N° 27.341 – PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el Ejercicio 2017 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de las facultades otorgadas por los Decretos N° 392/86, y la Ley de Ministerios Nº 22.520 (Texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar la convocatoria y realización del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES 2017, de acuerdo al cronograma que como ANEXO I (IF-2017-09641640-APN-SECPC#MC) integra la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Reglamento del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES 2017 que, como ANEXO II (IF-2017-09641550-APN-SECPC#MC) integra la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar el gasto que demanda el cumplimiento del certamen de acuerdo con el detalle que como ANEXO III (IF-2017-09641509-APN-SECPC#MC) integra la presente medida.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la presente será atendido con los créditos otorgados mediante la Ley N° 27.341 – PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el Ejercicio 2017 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017 a la JURISDICCIÓN 72 – SUBJURISDICCIÓN 0 - MINISTERIO DE CULTURA, en las partidas correspondientes.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. —Alejandro Pablo Avelluto.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 19/06/2017 N° 42688/17 v. 19/06/2017

Fecha de publicación 19/06/2017