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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 246-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2017

VISTO la Actuación N° 10138-236-2017 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas propone dar por finalizadas funciones y designar a diversos agentes para desempeñar funciones Titular e Interinas de diversas Unidades de Estructura en el ámbito de la Dirección Aduana de Ezeiza.

Que al respecto los Abogados Javier José María FERRANTE y Diego CALANDRIA han prestado su expresa conformidad de cumplir funciones de menor jerarquía de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del C.C.T. Nº 56/92 – Laudo Nº 16/92 (T.O. Resolución S.T. Nº 924/10).

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4º C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo Nº 15/91 (t.o. Resolución S.T. Nº 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.

Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.

Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.

Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consiguiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Dirección General de Aduanas.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades otorgadas a esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS por el Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005, las que se mantienen por el artículo 5° del Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007 y sus modificatorias, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continuación se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

NOMBRES Y APELLIDOCUILFUNCIÓN ACTUALFUNCIÓN ASIGNADA
Abog. Javier José María FERRANTE20234248740Consejero tecnico de fiscalizacion y operativa aduanera - DEPTO. VAL Y COMPROBACIÓN DOC D/IMPORTACIONES (DI VACD)Jefe de division Int. - DIV. CONTROL OPERATIVO (DI ADEZ)
Ing. Marcelo Alejandro SOSA20170711689Jefe de division de fiscalizacion y operativa aduanera - DIV. CONTROL Y FISCALIZACIÓN SIMULTÁNEA (DI ADEZ)Acorde a la categoria - DIV. CONTROL Y FISCALIZACIÓN SIMULTÁNEA (DI ADEZ)
Lic. Pablo Fernando DELIA20130535691Firma responsable (nivel intermedio) - DIV. ANALISIS Y DIS D/LA OPER ADUANERA (DI PNPA)Jefe de division Int. - DIV. CONTROL Y FISCALIZACIÓN SIMULTÁNEA (DI ADEZ)
Abog. Diego CALANDRIA20221736460Operador de control aduanero (guarda) - OF. BODEGA DE IMPORTACION (DV CTOE)Jefe de oficina Int. - OF. COURRIER (DV CTOE)
Abog. y Cont. Púb Miguel Ángel PEREZ20284221355Operador de control aduanero (guarda) - SEC. EMBA Y FLUVIAL SUD (DE OPAD)Jefe de turno - SEC. CONTROL DE EQUIPAJE (DV CTOE)
Ag. Martín Daniel PRZYGODA20235117372Operador de control aduanero (guarda) - SEC. CONTROL DE EQUIPAJE (DV CTOE)Jefe de salon Int. - SEC. CONTROL DE EQUIPAJE (DV CTOE)
Ag. Osvaldo Domingo SCATTONE20147726334Empleado especializado en fiscalizacion y operativa aduanera - OF. BODEGA DE EXPORTACION (DV CTOE)Jefe de salon Int. - SEC. CONTROL DE EQUIPAJE (DV CTOE)
Cont. Púb. Sergio Eduardo RINALDI20202812474Firma responsable (nivel intermedio) - DIV. CONTROL OPERATIVO (DI ADEZ)Acorde a la categoria - DIV. CONTROL OPERATIVO (DI ADEZ)
Ag. Luis Roberto PENTRELLI20219237368Empleado especializado en asuntos tecnico- juridicos - SEC. TERMINAL 5 (DV CFO2)Firma responsable de division Int. - DIV. CONTROL OPERATIVO (DI ADEZ)

ARTÍCULO 2º.- Establecer que el Licenciado Pablo Fernando DELIA (C.U.I.L. 20130535691) deberá presentar, dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos, la respectiva Declaración Jurada Patrimonial Integral “Inicial 2017” en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto N° 164/99.

ARTÍCULO 3º.- Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo con lo establecido en el artículo 2° del Decreto Nº 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — María Adriana Beltramone.

21/06/2017 N° 42673/17 v. 21/06/2017

Fecha de publicación 21/06/2017