ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE NEUQUÉN
Se hace saber a los interesados del sumario contencioso que se detalla a continuación, que SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE NOTIFICADOS a partir del día de la fecha -artículo 1013 inciso h) del C.A.- de la resolución por la cual se los CONDENA por la infracción abajo detallada, para que dentro del plazo de quince (15) días hábiles de quedar ejecutoriado el presente pronunciamiento hagan efectiva la suma reclamada precedentemente, caso contrario quedarán automáticamente constituidos en mora, procediéndose de conformidad a lo normado en los Art. 1122, ss. y concordantes del Código Aduanero. Asimismo se les hace saber que se ha decretado el comiso del vehículo dominio 6FQS440. Dentro del plazo de 15 días de notificada la presente tienen derecho de interponer contra la misma recurso de apelación o demanda contenciosa previstos por el art. 1132 y 1133 del Código Aduanero. Haciéndoles saber que en su defecto, la presente resolución se tendrá por firme y pasará en autoridad de cosa juzgada (art. 1139 C.A.).
Actuación SIGEA | CAUSANTE | RESOLUCION | MONTO | INFRACCION |
12378-18-2014 | ROGOWSKI Frank Martin, Pasaporte Alemán N° C2CLMNCV. PETERSON Joseph Lee, Pasaporte Estadounidense N° 310806093 | 243/2017 (AD NEUQ) | $ 33.389,05 en concepto de multa. U$S 4.173,11 en concepto de tributos. | Art. 970 |
Diego Carlos Figueroa, Administrador (Int.) Aduana de Neuquén, Dir. Reg. Aduanera Patagónica.
e. 21/06/2017 N° 42369/17 v. 21/06/2017
Fecha de publicación 21/06/2017