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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6238/2017

12/05/2017

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular OPRAC 1 - 887. LISOL 1 - 734. Financiamiento al sector público no financiero. Títulos de Deuda Pública de la Provincia de Buenos Aires.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir Títulos de Deuda Pública a ser emitidos por la Provincia de Buenos Aires por hasta la suma de valor nominal US$ 1.000.000.000, o su equivalente en otras monedas, -de acuerdo con las condiciones establecidas en la Nota de fecha 10.05.17 del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires y en la Resolución N° 66/17 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación-, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.

Las entidades financieras no podrán aplicar los recursos en moneda extranjera obtenidos de sus pasivos por intermediación financiera a la suscripción de los citados títulos de deuda cuando estén denominados en moneda extranjera, de conformidad con lo previsto en las normas sobre “Política de crédito”.”

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.

e. 22/06/2017 N° 42309/17 v. 22/06/2017

Fecha de publicación 22/06/2017