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19 de Enero de 1983

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS

Resolución 3597-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 17/06/2017

VISTO el EX -2016-02184931- -APN-DGFI#MM, el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología” de fecha 29 de marzo de 2014, la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2017, la Decisión Administrativa Nª 128 del 17 de febrero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología”, Proyecto BID N° AR-L1156” cuyo objeto es contribuir al aumento de la productividad de la economía a través del mejoramiento de la oferta del capital humano avanzado en áreas científicas y tecnológicas.

Que en dicho préstamo, el Componente 1 “Becas para Maestrías en Ciencia y Tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un estimado de CUATROCIENTOS SESENTA (460) profesionales argentinos realicen programas de maestrías en universidades prestigiosas de países con los cuales el Organismo Ejecutor haya celebrado Convenios Bilaterales de Colaboración; y el Componente 2 “Becas para Estancias Cortas de Formación en Ciencia y Tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un estimado de TRESCIENTOS NOVENTA (390) profesionales y técnicos argentinos empleados en empresas e instituciones científicas y tecnológicas desarrollen instancias de instrucción de corta duración y alta especialización en el exterior.

Que, en el presente ejercicio, el Programa BEC.AR se encuentra dentro de la órbita del Ministerio de Educación y Deportes conforme la DA-2017-.128-APN -JGM.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la no objeción al llamado a Convocatoria y a las Bases y Condiciones de la misma, en el marco del “PROGRAMA BEC.AR - BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

Que el Comité Asesor llevó a cabo la preselección de las solicitudes presentadas según dan cuenta las Actas de fechas 15 y 27 de marzo de 2017 y, 5, 10, 11 y 12 de abril de 2017.

Que, asimismo, el Comité Evaluador, con los antecedentes que se acompañan de la presente Convocatoria, procedió a realizar la evaluación final con fecha 26 de abril de 2017 y, asimismo, seleccionó a VEINTINUEVE (29) Organismos de Ciencia, Tecnología e Innovación como beneficiarios conforme a los procedimientos establecidos en las Bases del llamado a la Convocatoria para la presentación de solicitudes de Estadías Cortas en el Exterior en Ciencia y Tecnología para Organismos de Ciencia, Tecnología e Innovación (BEC.AR-CTI 2017).

Que fue solicitada la No Objeción al proceso de selección, llevado adelante por los Comités Asesor y Evaluador, al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que corresponde adjudicar el beneficio a las personas seleccionadas en el Anexo I (IF-2017-08594308-APN-DGFI#MM), en el marco de la referida Convocatoria.

Que la SECRETARIA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS ha verificado la existencia de créditos presupuestarios suficientes para hacer frente a las erogaciones que demande el dictado de la presente medida.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas a esta Secretaría por el Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLITICAS UNIVERSITARIAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por el Comité Asesor y el Comité Evaluador encargado de seleccionar a los beneficiarios de la Convocatoria para la presentación de solicitudes de Becas de Estadías Cortas en el Exterior en Ciencia y Tecnología para Organismos de Ciencia, Tecnología e Innovación (BEC.AR-CTI 2017) en el marco del “PROGRAMA BEC.AR - BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar la nómina de seleccionados en el marco de la Convocatoria para la presentación de solicitudes de Estadías Cortas en el Exterior en Ciencia y Tecnología para Organismos de Ciencia, Tecnología e Innovación (BEC.AR-CTI 2017) que, como Anexo I (IF-2017-08594308- APNDGFI#MM) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Adjudicar las Becas de Estadías Cortas en el Exterior en Ciencia y Tecnología para Empresas (BEC.AR-EMPRESAS 2017) a las personas consignadas en el Anexo I (IF-2017-08594308-APN-DGFI#MM) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4º.- Aprobar el modelo de Contrato que efectivizará el beneficio de las becas a las personas, que como Anexo II (IF-2017-08594489-APN-DGFI#MM), forma parte integrante de la presente medida y delegar en la Directora del PROGRAMA BEC.AR la firma de los mismos.

ARTÍCULO 5º.- Autorizar a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN FINANCIERA a transferir la suma de PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 01/100 ($ 10.823.854,01) a las cuentas bancarias de las instituciones detalladas en el anexo y que administrarán las becas de los beneficiarios seleccionados y detallados en el anexo (IF-2017-11520226-APN-DGFI#MM) para afrontar el pago de las becas adjudicadas por el Artículo 3º de la presente resolución. Para aquellos becarios que realicen sus estadías en países donde el Programa BEC.AR no cuente con Institución intermedia, se tramitará por resolución aparte.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado a la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, Programa 26 - DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR, Fuente de Financiamiento 11 – TESORO NACIONAL, Actividad 11 – ACCIONES UNIVERSITARIAS PARA EL DESARROLLO NACIONAL Y REGIONAL, Inciso 5 – TRANSFERENCIAS, Partida Principal 1 – TRANSFERENCIAS AL SECTOR PRIVADO PARA FINANCIAR GASTOS CORRIENTES, Partida Parcial 3 – BECAS, del presupuesto vigente.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN FINANCIERA. Cumplido, archívese. — Albor Angel Cantard.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 23/06/2017 N° 43244/17 v. 23/06/2017

Fecha de publicación 23/06/2017