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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE

Resolución 36-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-03663562-APN-SECGT#MTR del Registro del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 68 de fecha 25 de enero de 2017 se creó la COMISIÓN NACIONAL DE FRONTERAS, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como organismo regulador y coordinador del funcionamiento de los Pasos Internacionales y Centros de Frontera que vinculan a la REPÚBLICA ARGENTINA con los países limítrofes, a fin de armonizar su funcionamiento desde una perspectiva interministerial que aumente la integración fronteriza, facilite el tránsito de personas, agilice el comercio internacional y prevenga el delito transnacional.

Que la referida Comisión fue creada en razón de la necesidad de aumentar la integración fronteriza, facilitar el tránsito de personas, agilizar el comercio internacional y prevenir los delitos trasnacionales complejos como el narcotráfico, la trata de personas y el contrabando.

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 68/2017, la COMISIÓN NACIONAL DE FRONTERAS estará integrada, con carácter “ad honorem”, por las siguientes autoridades, quienes podrán actuar por sí o a través de un representante, en el marco de sus respectivas competencias: a) Secretario de Fronteras del MINISTERIO DE SEGURIDAD; b) Secretario de Relaciones Exteriores del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO; c) Secretario de Obras Públicas del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA; d) Secretario de Interior del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA; e) Secretario de Gestión de Transporte del MINISTERIO DE TRANSPORTE; f) Director General de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA; g) Director Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA; h) Presidente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA; i) Director Nacional de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD; j) Prefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD; k) Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD; y I) Director Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS dependiente del MINISTERIO DE SALUD.

Que a través del Decreto N° 145 de fecha 12 de enero de 2016 se designó al Ingeniero Antonio David CORTES (DNI N° 13.776.834) en el cargo de Subsecretario de Transporte Automotor de esta SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que en ese sentido, resulta conveniente designar al Subsecretario de Transporte Automotor como representante de esta SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE para integrar la COMISIÓN NACIONAL DE FRONTERAS en el marco de las competencias de esta Secretaría, las cuales se encuentran establecidas en el Decreto N° 617 de fecha 25 de abril de 2016.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 68 de fecha 25 de enero de 2017 y N° 617 de fecha 25 de abril de 2016.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GESTIÓN DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase como representante de esta SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, para integrar la COMISIÓN NACIONAL DE FRONTERAS creada por el Decreto N° 68/2017, al Ingeniero Antonio David CORTES, DNI N° 13.776.834, en su carácter de Subsecretario de Transporte Automotor.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Hector Guillermo Krantzer.

e. 26/06/2017 N° 43770/17 v. 26/06/2017

Fecha de publicación 26/06/2017