MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 461-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2017
VISTO el Expediente N° 2690/2015 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, la Ley N° 23661, N° 25.164, los Decretos N° 1615 del 23 de diciembre de 1996, N° 1421 del 8 de agosto de 2002, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, N° 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012, N° 13 del 10 de diciembre de 2015, N° 355 del 22 de mayo de 2017, la Decisión Administrativa N° 846 del 8 de septiembre de 2015, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente del Visto tramita la aprobación del contrato celebrado entre el titular de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD y D. ROCCUZZO Gabriel José (D.N.I. N° 24.718.914), de acuerdo con las previsiones del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, con efectos al 01 de febrero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015.
Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución N° 48/02 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.
Que mediante Decisión Administrativa N° 846/2015 se dio por autorizada la excepción de las previsiones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9° del anexo I del Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al sólo efecto de posibilitar la contratación en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, de D. ROCCUZZO Gabriel José (D.N.I. N° 24.718.914), equiparada al Nivel C Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios).
Que a fin de asegurar el normal funcionamiento del organismo resulta necesario proceder a la contratación de una (1) persona para desempeñarse como Analista Económico, en la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
Que la persona de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto mencionado en el segundo término en el Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C diversas exigencias.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado intervención de su competencia sin formular observaciones al respecto.
Que los antecedentes curriculares de D. ROCCUZZO Gabriel José (D.N.I. N° 24.178.914), resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas.
Que la financiación de la contratación que se propicia en las presentes actuaciones será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios asignados a la jurisdicción.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dáse por aprobada la contratación de D. ROCCUZZO Gabriel José (D.N.I. N° 24.718.914), conforme a las condiciones, nivel, grado y vigencia indicados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1421/02 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48/02 y sus modificatorias, quien desarrolla sus funciones en la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, conforme la intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en orden a lo dispuesto en el Artículo 5° del Decreto N° 355/17 e Inciso 9 del Artículo 23 octies del Decreto N° 13/15.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese en el plazo de CINCO (5) días al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, conforme lo establecido en el Artículo 5° del Decreto N° 355/17.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida específica: 1-1-2.80.00-914-50.00-01-1-8, SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
ARTÍCULO 4°.- Publíquese, dase a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Luis Alberto Scervino.
ANEXO I
APELLIDO Y NOMBRE | DNI | NIVEL Y GRADO | VIGENCIA CONTRATO |
ROCCUZZO Gabriel José | 24.718.914 | C - 0 | 01/02/2015 al 31/12/2015 |
e. 26/06/2017 N° 44016/17 v. 26/06/2017
Fecha de publicación 26/06/2017