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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN E INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución Conjunta 1-E/2017

2A. Sección, Mendoza, 31/05/2017

VISTO: el Expediente N° CUDAP: EXP-S01: 0575249/2016, el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESIÓN ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.), aprobado por el Decreto N° 993/91 T.O 1995 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, los Decretos Nros. 92 de fecha 8 de febrero de 2005 y 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, la Resolución Conjunta N° 40 de fecha 31 de diciembre de 1992 de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DEL INTERIOR y del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA y la Resolución Conjunta N° 69 y N° C. 12 de fecha 20 de abril de 2009 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 92 de fecha 8 de febrero de 2005 se rechazó el recurso jerárquico interpuesto por la señora Norma Beatriz Liliana SORO, M.I. Nº 5.330.371 contra su encasillamiento previsto en la Resolución Nº 40 de fecha 31 de diciembre de 1992 de la EX SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DEL INTERIOR y del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08 y normas modificatorias, establece en el Título XIII las pautas para reencasillamiento del personal.

Que mediante lo resuelto por la sentencia dictada en sede judicial en primera instancia, en autos N° 31.095/7, caratulados “SORO DE ACOSTA NORMA B. C/ENA P/CONT. ADM”, originados en el Juzgado N° 2, Secretaría N° 4 de Mendoza, apelada y confirmada en segunda instancia por la Sala “B” de la Cámara de Apelaciones de Mendoza en Autos N° 89.085-S-3634, en fecha 2 de septiembre de 2011, se solicita declarar la nulidad del citado Decreto N° 92/05 y se arbitren los medios para el reencasillamiento de la agente en cuestión en un Nivel C del SINEP.

Que al respecto, la Procuración del Tesoro de la Nación ha dicho: “El cumplimiento de una decisión judicial es incuestionable y en nuestra tradición jurídica tiene el carácter de dogma, máxime cuando el que debe cumplirla es el propio Estado -persona ética por naturaleza- que es el que debe empezar por dar el ejemplo (conf. Dict. 101:167; 212:14).

Que las decisiones judiciales deben cumplimentarse, máxime cuando involucran órdenes dirigidas a otros funcionarios del Estado cuya colaboración es presupuesto de la organización estatal.”. (Conf. Dict. 89:227; 106:80; 222:188).

Que en virtud de ello se entiende procedente rectificar el Anexo I de la Resolución Nº 40 de fecha 31 de diciembre de 1992 de la EX SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DEL INTERIOR y del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA en lo que refiere a la señora Norma Beatriz Liliana SORO, M.I. Nº 5.330.371, reencasillándola a partir del 1º de enero de 1993 en el Nivel C Grado 2, del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESIÓN ADMINISTRATIVA (SINAPA), aprobado por el Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 y rectificar el Anexo I de la Resolución Nº 69 y N° C.12 de fecha 20 de abril de 2009 de la EX SECRETARÍA DE GABINETE Y GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA en lo que refiere a la señora Norma Beatriz Liliana SORO, M.I. Nº 5.330.371, reencasillándola a partir del 1º de diciembre de 2008 en el Nivel C Grado 9 agrupamiento general tramo general, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/2008.

Que en atención a la competencia para el dictado de la medida proyectada, la misma se sustenta en el artículo 127 del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SINEP, homologado por Decreto N° 2098/08, el cual establece que la aprobación del reencasillamiento del personal de planta permanente lo realizaba el titular de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con el titular de cada Jurisdicción y entidad descentralizada donde revista el agente mediante el dictado de una Resolución Conjunta.

Que por Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015 se transfirieron la SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativas dependientes, con excepción de la SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, motivo por el cual la competencia asignada por el mencionado artículo 127 a la entonces SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA, le corresponde al Ministerio de Modernización.

Que han tomado intervención la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por los Artículos 8° del Decreto N° 993/91 T.O. 1995 y 127 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y en el marco del artículo 23 octies del Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN

Y

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Rectificase el Anexo I de la Resolución Conjunta N° 40 de fecha 31 de diciembre de 1992 de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DEL INTERIOR y del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA en lo que refiere a la señora Da. Norma Beatriz Liliana SORO, M.I.N° 5.330.371, reencasillándola a partir del 1 de enero de 1993 en el Nivel C - Grado 2, del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESIÓN ADMINISTRATIVA (SINAPA), aprobado por Decreto N° 993/91 T.O. 1995.

ARTÍCULO 2°.- Rectificase el Anexo I de la Resolución Conjunta N° 69 y N° C. 12 de fecha 20 de abril de 2009 de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, en lo que refiere a la señora Da. Norma Beatriz Liliana SORO, M.I.N° 5.830.374, reencasillándola a partir del 1 de diciembre de 2008 en el Agrupamiento General – Nivel C- Tramo General – Grado 9, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto N° 2.098/2008.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Andrés Horacio Ibarra. — Carlos Raul Tizio Mayer.

e. 26/06/2017 N° 44093/17 v. 26/06/2017

Fecha de publicación 26/06/2017