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Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “C” 75104/2017

29/05/2017

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Artículo 39 de la Ley de Entidades Financieras. Secreto Financiero.

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de aclararles que las solicitudes de información que efectúe la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) para el control de los pagos de las Prestaciones del Sistema Previsional Argentino, tales como lugar, día y hora de las extracciones de efectivo realizadas en las cuentas en las que se acrediten los beneficios, no se encuentran alcanzadas por el secreto financiero dispuesto por el artículo 39 de la Ley de Entidades Financieras.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Mariano E. Leguiza, Analista Principal, Gerencia de Aplicaciones Normativas. — Mirta M. Noguera, Gerente de Aplicaciones Normativas.

e. 26/06/2017 N° 43285/17 v. 26/06/2017

Fecha de publicación 26/06/2017