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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Resolución 109-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2017

VISTO las Resoluciones MC N° 201 de fecha 24 de mayo de 2016 y susmodificatorias Nros. 2017-154- APN-MC, N° 2017-192-APN-MC y 2017-69-SECIFYCI#MC, y el Expediente Electrónico N° 2017-10793290-APN-DMED#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO

Que por la Resolución MC N° 201/2016, se creó el PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA (BECAR CULTURA) en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL, aprobándose el REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES de dicho PROGRAMA, modificado por la Resolución N° 154/2017 y la Resolución N° 192/2017, el cual designa a esta SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL como su Autoridad de Aplicación, quedando ésta autorizada para realizar el llamado de las convocatorias que considere pertinentes.

Que en ese sentido, artículo 1° de la Resolución N° 69-APN-SECIFYCI#MC/17 de fecha 4 de abril de 2017 de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL del MINISTERIO DE CULTURA, autorizó el primer llamado para la Línea Ayudas, en el marco de la Convocatoria 2017 del PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA, “BECAR CULTURA”.

Que así las cosas, la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL de esta SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ha previsto implementar un conjunto de acciones vinculadas a los instrumentos de cooperación cultural suscritos por el MINISTERIO DE CULTURA con los diferentes países y/u organizaciones del exterior, destinados a la producción de obra de los artistas y profesionales de nuestro país y de los becarios provenientes del extranjero, entre ellas, las becas para la realización de proyectos específicos exclusivamente vinculados a la investigación y producción de obra, según alcances suscriptos en cada uno de los instrumentos cooperación mencionados.

Que en ese orden de ideas, corresponde aprobar el llamado a para la Línea Becas de Intercambio en el marco de la Convocatoria 2017 del PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA, “BECAR CULTURA”, aprobar las BASES GENERALES DE PARTICIPACIÓN para dicha Línea, y autorizar la puesta en marcha de todas las acciones conducentes referidas a la designación de los Jurados que integrarán el Comité de Expertos encargado de evaluar las postulaciones recibidas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 101/85, 1344/07 y 431/16, y las Resoluciones MC N° 154/17 y 192/17.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase llamado correspondiente a la Línea Becas de Intercambio de la Convocatoria 2017 del PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICAS (BECAR CULTURA).

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las Bases Generales de Participación correspondientes a la Línea Becas de Intercambio de la Convocatoria 2017 del PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICAS (BECAR CULTURA) que como ANEXO I (IF- N° 2017- 12229907- SECIFYCI#MC-2017) integran la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase la erogación de hasta PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL ($2.200.000) para el cumplimiento con las becas correspondientes a la Línea Becas de Intercambio del PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICAS (BECAR CULTURA), de conformidad con los instrumentos de cooperación cultural e intercambio suscriptos por este MINISTERIO DE CULTURA es parte.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase la nómina de expertos que podrá conformar el comité de evaluación en el marco de la Convocatoria 2017 del PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA (BECAR CULTURA), que como ANEXO II (IF-2017-11894890-SECIFYCI#MC) integra la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Oportunamente, convóquese a los expertos encargados de realizar las evaluaciones correspondientes a la Línea Becas de Intercambio del PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICAS (BECAR CULTURA), e impleméntese los procedimientos administrativos necesarios para su contratación, cuyo monto para el conjunto de los evaluadores no podrá superar la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000).

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande lo dispuesto en la presente Resolución deberá ser atendido con los créditos de las partidas específicas del presupuesto del año en curso, asignados a la JURISDICCIÓN 72 - PROGRAMA 43.

ARTÍCULO 7°.- Regístrese, publíquese, comuníquese a la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CULTURA, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese. — Fernando Iván Petrella.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 27/06/2017 N° 44634/17 v. 27/06/2017

Fecha de publicación 27/06/2017