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20 de Noviembre de 2008

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE ORÁN

ADUANA DE ORAN, 22 DE JUNIO DE 2017.

Por desconocerse el domicilio, se cita a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de (3) tres días hábiles administrativos se presenten a presenciar la verificación física de las mercaderías secuestradas en las mismas, conforme a lo previsto en el Art. 1094 inc. b) del Código Aduanero Ley 22.415, bajo apercibimiento de tener por confirmada las efectuadas sin derecho a reclamar al resultado de la misma, la cual se realizara en la sede de la Aduana de Oran, sita en Av. Palacios N° 830 Local 3 de la ciudad de Oran (Salta). Al propio tiempo se les cita para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles administrativos comparezcan en los Sumarios enumerados respectivamente a presentar defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán asimismo constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina (Art. 1001 C.A.), bajo apercibimiento del Art. 1004 C.A. Se les hace saber que de corresponder el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, producirá la extinción de la acción penal aduanera, el antecedente no será registrado (Arts. 930/932 del C.A.). Asimismo se le hace saber que en caso de haber entre las mercaderías secuestradas, artículos de los indicados en el art. 4º y 5º de la Ley 25.603, u otros, perecederos o cualquier otro tipo de mercadería cuya permanencia implicara peligro para su inalterabilidad o la de la contigua, se procederá de conformidad a las previsiones indicadas en la citada Ley 25.603 o en su caso conforme al Capítulo Tercero, Título II, Sección V del Código Aduanero Ley 22.415.

SUMARIO NUMEROINTERESADOINFRACC. ARTS. CA.IMPORTE MULTA en PESOS
143/K/2017LOPEZ JULIO HUMBERTO97016.500
199/5/2017CHEGRI LOPEZ LOURDES RITA CAMILA97030.000
188/9/2017LIRA HEREDIA ISABEL EPIFANIA98736.952,32
189/7/2017SEGUNDO MARTIN JULIO98755.111,83
171/8/2017ROMERO GALLARDO REYMAR JESUS979661.770,00
132/8/2017CHOQUE ALBERTO ARIEL979160.770,57
152/K/2017SISTERNA JORGE NAHUEL NEHUEN98733.307
599/K/2016CAZON JUAREZ CESAREO97021.738,24
159/7/2017CAMPO JUAN EDUARDO98739.857,21
99/7/2017JUANA CRUZ AZUA98739.329,74
136/6/2017TOLEDO FERNANDO DAVID947134.000
262/1/2014FERNANDEZ DOMINGO JULIAN99551.299,98
154/6/2017NINA RAMOS EDIBERTO9951000
140/K/2017GARECA VEGA JOSE LUIS9951000
191/4/2017GONZALEZ DANIEL HUGO9951000
181/6/2017KUNO MAMANI GERMAN97733.423,11

María Paola Pereyra, Leg. 28452-1 - AFIP - DGA - Aduana Orán. — Mario C. Arguello, Leg. 26181-5, A/C Div. Aduana de Orán.

e. 27/06/2017 N° 44434/17 v. 27/06/2017

Fecha de publicación 27/06/2017