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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Resolución 110-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2017

VISTO el Expediente Electrónico N° 10826975-APN-DMED#MC-2017 y el Decreto Nº 35/16 y la Decision Administrativa N° 213/16, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 35/16, se aprobó la estructura del MINISTERIO DE CULTURA hasta el nivel de SUBSECRETARÍA, estableciendo como objetivos de esta SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL “desarrollar políticas de cooperación cultural con otros Estados y organismos internacionales, en coordinación con los organismos competentes”, e “Impulsar la presencia cultural argentina mediante los diversos medios electrónicos actuales que permitan dar a conocer la cultura e imagen argentina en el mundo”, entre otros.

Que conforme la Decisión Administrativa N° 213/16, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA dependiente de esta Secretaría, tiene como responsabilidad primaria la promoción de la proyección de la cultura nacional en el exterior, internacionalizando las industrias culturales y artistas argentinos, en coordinación con las áreas competentes en la materia.

Que en este orden de ideas, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA entiende que es relevante acompañar e impulsar la presencia de distribuidores y editores argentinos en la FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO LIBER, Madrid 2017, siendo esta el evento editorial más importante en ESPAÑA como centro de negocio e intercambio profesional.

Que la REPÚBLICA ARGENTINA sera el país invitado a la Edición 2017 de la FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO LIBER, Madrid 2017, actividad que se proyecta como un espacio de intercambio cultural y sobre todo de negocios, una acción de posicionamiento que se prevé articular en colaboración con otras áreas de gobierno. Que con el fin de seleccionar a VEINTE (20) representantes de VEINTE (20) distribuidoras y editoriales argentinas para que participen en el stand argentino del mencionado evento, se llevará a cabo una convocatoria a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA.

Que para llevar a cabo la convocatoria resulta necesario aprobar el Reglamento de las Bases y Condiciones aplicables a dicho llamado.

Que a estos efectos, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA destinará los recursos económicos necesarios para otorgar VEINTE (20) pasajes internacionales destinados a la asistencia de las distribuidoras y editoriales seleccionadas a la FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO LIBER, Madrid 2017.

Que ha tomado debida intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las competencias asignadas por la Decisión Administrativa Nº 213/16 y los Decretos Nros. 35/16 y 431/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el llamado de la Convocatoria 2017 para la Selección de VEINTE (20) representantes de VEINTE (20) distribuidoras y editoriales argentinas que participarán en la FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO LIBER, Madrid 2017.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Reglamento de Bases y Condiciones de la Convocatoria 2017, que como ANEXO I (IF-12520038- APN-SECIFYCI-2017) forma parte integrante de la presente, y el Formulario de Inscripción para tal Convocatoria que como ANEXO II (IF-12520015-APN-SECIFYCI-2017) integra esta medida.

ARTÍCULO 3°.- Desígnase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA como Autoridad de Aplicación del presente Reglamento de Bases y Condiciones de la Convocatoria 2017, que como ANEXO I (IF-12520038-APN- SECIFYCI-2017) forma parte integrante de la presente, quedando autorizada a instrumentar todos los medios y medidas pertinentes a fin de lograr el efectivo cumplimiento de la coordinación e implementación de las acciones desarrolladas en dicha Convocatoria.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución se atenderá con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del año en curso, asignado la Jurisdicción 72 y a los Programas y Actividades que correspondan.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, a sus efectos. Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido, archívese. — Fernando Iván Petrella.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 28/06/2017 N° 45115/17 v. 28/06/2017

Fecha de publicación 28/06/2017