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Primera sección


SECRETARÍA DE COMERCIO Y SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS

Resolución Conjunta 47-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2017

VISTO el Expediente N° S01:0309615/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma TOYOTA ARGENTINA S.A., C.U.I.T. N° 33-67913936-9, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Grandes Proyectos de Inversión” conforme a la Resolución N° 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN.

Que los bienes a importar forman parte de un proyecto destinado a la instalación de una línea de producción nueva, completa y autónoma para la producción de eje trasero para vehículos Hilux y SW4, conforme al Artículo 2° de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la Resolución N° 424 de fecha 31 de agosto de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN introdujo modificaciones a la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo en su Artículo 18 que las mismas no serán de aplicación a las solicitudes que a la fecha se encuentren pendientes de resolución, con excepción de lo previsto en sus Artículos 11 y 12.

Que los bienes mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución, serán instalados en el predio declarado por la empresa en las actuaciones indicadas en el Visto.

Que la empresa obtuvo el Certificado de Trámite N° 228 emitido con fecha 19 de mayo de 2015 a fin de poder realizar las operaciones de importación al amparo del citado Régimen.

Que la firma TOYOTA ARGENTINA S.A. ha presentado una certificación internacional de gestión de la calidad emitida por BUREAU VERITAS ARGENTINA S.A. para certificar según los requisitos de la Norma IRAM – ISO 9001:2008– Sistemas de Gestión de Calidad.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, entidad autárquica actualmente en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que conforme al Artículo 16 de la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Dirección Nacional de Industria de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, y la Dirección Nacional de Facilitación del Comercio Exterior de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO, ambas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, han analizado el proyecto de manera conjunta, emitiendo un Dictamen del cual surge, que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089/00, 8/01 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y 216/03 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, determinando procedente la solicitud de la firma TOYOTA ARGENTINA S.A. conforme a las disposiciones del Régimen referido.

Que la firma mencionada declara bajo juramento que no está ingresando al país bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley N° 24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones y de la Ley N° 24.040 de Compuestos Químicos.

Que conforme al Artículo 5° de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, la empresa deberá adquirir bienes de uso nuevos de origen local por un monto igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20%) del valor total de aquellos bienes nuevos importados al amparo del citado Régimen, en el plazo de DOS (2) años a partir de la puesta en marcha del emprendimiento.

Que de acuerdo al Artículo 14 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y el Artículo 19 de la Resolución N° 204/00 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA, el proyecto aprobado deberá ser objeto de una auditoría a realizarse una vez que hayan expirado todos los plazos previstos para el cumplimiento de los compromisos adoptados por la empresa beneficiaria derivados del mencionado Régimen.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones y el Artículo 8° de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIO

Y

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y SERVICIOS

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Considérase sujeta al beneficio establecido por la Resolución N° 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, para la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma TOYOTA ARGENTINA S.A., C.U.I.T. N° 33-67913936-9, destinado a la instalación de una línea de producción nueva, completa y autónoma para la producción de eje trasero para vehículos Hilux y SW4, cuya descripción de bienes se detallan a continuación:

N° DE ORDENSUBPARTIDA ARMONIZADADESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍACANTIDAD (unidades)
18515.21Máquina de soldar metal, por resistencia (proyección a punto), semiautomática, con dispositivo de fijación de piezas accionado neumáticamente y tablero de control y mandoUNA (1)
28515.39Máquina de soldar metal, por arco, de uso manual, con controladores, alimentador de alambre, conductores eléctricos y tableros de control y distribución de energía eléctricaCINCO (5)
38479.89Dispositivos para fijar piezas antes del proceso de soldadura de partes componentes de ejes traseros de vehículos automóviles, constituidos por una estructura de metal sobre la que se encuentran montados dispositivos de fijación (“clamps”) accionados por un circuito neumático.UNA (1)
48515.31Combinación de máquinas destinada a soldar por arco, en forma automática, partes componentes de ejes traseros de vehículos automóviles, conformada por: UN (1) robot con su torcha de soldar, alimentador de alambre, dispositivos de fijación de piezas accionados neumáticamente, controlador y tablero de control y distribución de energía eléctrica.UNA (1)
57308.90Bandejas porta cables conformadas en chapa de acero plegadaVEINTIUNA (21)
68515.31Combinación de máquinas destinada a soldar por arco, en forma automática, partes componentes de ejes traseros de vehículos automóviles, conformada por: DOS (2) robots con sus torchas de soldar, alimentador de alambre, dispositivos de fijación de piezas accionados neumáticamente, controladores y tableros de control y distribución de energía eléctricaNUEVE (9)
78462.91Prensa hidraulica para reducir la abertura (“gap”) de piezas (“plate”) que se sueldan en la carcasa (“Housing”) de ejes traseros de vehículos automóviles con dispositivo de fijación accionado hidráulicamenteUNA (1)
88462.91Prensa hidraulica que genera una presión en la carcasa (“housing”) de ejes traseros de vehículos automóviles para establecer los diametros de manera correcta, con dispositivo de fijación de piezas accionado hidráulicamenteUNA (1)
98468.80Máquina de soldar por fricción partes componentes de ejes traseros de vehículos automóviles, con dispositivo de fijación de piezas accionado hidráulicamenteUNA (1)
108458.11Torno horizontal, de control numérico, con dispositivo de fijación de piezas accionado hidráulicamenteUNA (1)
118515.31Combinación de máquinas destinada a soldar por arco, en forma automática, partes componentes de ejes traseros de vehículos automóviles, conformada por: CUATRO (4) robots con sus torchas de soldar, alimentadores de alambre, dispositivos de fijación de piezas accionados neumáticamente, controladores y tableros de control y distribución de energía eléctricaDOS (2)
128205.59Dispositivo para fijar el eje trasero de vehículos automóviles, constituido por una estructura de metal sobre la que se encuentran montados dispositivos de fijación (“clamps”) accionados manualmenteUNA (1)
137308.90Estructura de acero, fija, para inspección de piezasTRES (3)
148462.91Prensa hidráulica para enderezar ejes traseros de vehículos automóviles, con dispositivo de fijación de piezas accionado hidráulicamenteDOS (2)
158462.91Prensa hidráulica que introduce piezas (“End”) en los tubos de ejes traseros de vehículos automóviles, con dispositivo de fijación de piezas accionado neumáticamenteUNA (1)
169026.20Aparato de medir fugas en ejes traseros de vehículos automóviles, por pérdida de presión, con cuba de inmersión y dispositivo de fijación de piezas accionado neumáticamenteTRES (3)
178428.90Aparato manipulador de piezas de ejes traseros de vehículos automóvilesCUATRO (4)
189031.80Calibre de controlUNA (1)
194009.31Tubos de caucho con refuerzo de material textil, sin accesoriosMIL METROS (1000 m)
208716.80Carro de transporte de partes componentes de vehículos automóviles, dirigido a manoDOS (2)
218428.90Transportador de rodillos libresSEIS (6)
229031.80Aparato para el control de fallas en líneas de producción de vehículos automóviles, con pantallas de visualización, dispositivos de alarma y máquinas para el almacenamiento de datosUNA (1)
238544.49Conductores eléctricos para una tensión inferior a MIL VOLTIOS (1.000 V), desprovistos de piezas de conexiónMIL NOVECIENTOS METROS (1900m)
248537.10Tableros de control y distribución de energía eléctrica, para una tensión inferior o igual a 1.000VDIEZ (10)
258428.90Transportador (carretilla eléctrica) de guiado automático, de los tipos utilizados para el transporte de ejes traseros de vehículos automóvilesNUEVE (9)
268458.11Torno horizontal, de control numérico, para el trabajo simultáneo de ambos extremos de ejes traseros de vehículos automóviles, con mesa de carga y soporte de aceroUNA (1)
278457.10Centro de mecanizado, con mesa de carga, soporte de acero y tableros de control y distribución de energía eléctricaCUATRO (4)
287326.90Soporte de acero para partes componentes de ejes traseros de vehículos automóvilesTRES (3)
299403.20Mesa de metal, de los tipos utilizados para inspección o trabajo en áreas de producciónTRES (3)
308466.93Accesorio para el centro de mecanizadoCINCO (5)
318537.10Panel eléctrico para el control a distancia de centro de mecanizado y torno horizontalCINCO (5)
329031.80Banco de medición de carcasa de eje traseroUNA (1)
339017.30Juego de calibres, de uso manual, para medición de eje trasero de vehículos automóvilesUNA (1)
348428.90Manipulador manual de partes componentes de ejes traseros de vehículos automóvilesDOS (2)
358716.39Carro para el transporte de piezas mediante carretillas eléctricasONCE (11)
367308.90Estructura de acero para protección de personas en zonas de circulación de carretillas eléctricasUNA (1)
378428.90Manipulador electromecánico de partes componentes de ejes traseros de vehículos automóvilesUNA (1)
388479.89Prensa hidráulica, horizontal, de los tipos utilizados en la colocación de sellos de aceiteUNA (1)
393926.90Herramienta manual, de plástico, de los tipos utilizadas para posicionamiento de sellos de aceiteUNA (1)
408479.89Máquina de colocar y ajustar espárragos, con accionamiento eléctricoUNA (1)
418479.89Dispositivo alimentador automático de espárragosUNA (1)
428428.90Transportador por gravedadCUATRO (4)
438479.89Dispositivo alimentador automático de arandelasDOS (2)
448479.89Dispositivo alimentador automático de tuercasDOS (2)
458479.89Máquina de colocar y ajustar tuercas, con accionamiento eléctricoUNA (1)
468479.89Dispositivo mecánico para giro de palier en procesos de ensamble de ejes traseros de vehículos automóvilesUNA (1)
477326.90Manufactura de acero (dispositivos de suspensión (“hanger”)) para ensamble de freno en ejes traseros de vehículos automóvilesUNA (1)
483923.10Caja de plástico para almacenamiento y transporte de partes componentes de vehículos automóvilesNOVENTA Y TRES (93)
498428.90Aparato de manipulación, aéreo, manual, constituido por perfiles, trolleys y aparejoUNA (1)
507326.90Soporte de acero para parte componente de vehículos automóviles (“caliper”)SEIS (6)
517326.90Escalera de aceroUNA (1)
529031.80Calibre de control, tipo pasa-no pasaDOS (2)
537326.90Paleta (“Pallet”) de aceroSEIS (6)
548462.91Combinación de máquinas destinada al montaje de retén en ejes traseros de vehículos automóviles constituida por: Prensa hidráulica y horno eléctrico a resistenciaUNA (1)
559029.10Aparato de contar arandelas en líneas de producciónUNA (1)
569029.10Aparato de contar sellos en líneas de producciónUNA (1)
579031.80Aparato para control del sensor del sistema ABS (“Antilock Braking System”)UNA (1)
589031.80Aparatos para el control de producción en líneas de soldado de ejes traseros de vehículos automóviles, conformados por: controladores de estaciones de trabajo con sus correspondientes sensores, concentradores de datos, pantallas de visualización, máquinas para tratamiento o procesamiento de datos, impresora y lector de código de barrasUNA (1)
599017.30Calibre para medición de eje trasero, de uso manualUNA (1)
607308.90Estantería metálicaUNA (1)
618205.59Dispositivos para fijar piezas, constituidos por una estructura de metal, sobre la que se encuentran montados dispositivos de fijación (“clamps”) accionados manualmenteUNA (1)

ARTÍCULO 2°.- El monto de los bienes sujetos al beneficio de la presente resolución es de un valor FOB YENES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL (¥ 942.443.000.-). (sin repuestos). Asimismo, a fin de determinar el monto correspondiente a repuestos deberá tenerse en cuenta lo previsto en el Artículo 10 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 3°.- En virtud de lo estipulado en el Artículo 12 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA se otorga el plazo de UN (1) año a partir de la fecha de la emisión de la presente resolución para la importación de los bienes detallados en el primer artículo de la misma.

ARTÍCULO 4°.- El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión antes mencionado y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 10 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, dará lugar a la aplicación del Artículo 15 de la citada resolución. Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el incumplimiento previsto en el Artículo 6° de la mencionada resolución.

ARTÍCULO 5°.- La SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO y la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS ambas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN informarán, en los términos de los Artículos 18 y 19 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, sustituidos por los Artículos 11 y 12 de la Resolución N° 424 de fecha 31 de agosto de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, respectivamente, y conforme al Artículo 18 de ésta última, a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, a los efectos de que proceda a liberar las garantías oportunamente constituidas. Para ello, deberá verificarse el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo de la interesada, una vez realizados los informes de auditoría en los términos de los Artículos 14 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y 19 de la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 6°.- A través de la Dirección de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Facilitación del Comercio Exterior de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR, notifíquese a la firma TOYOTA ARGENTINA S.A. de la presente resolución.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Miguel Braun. — Martín Alfredo Etchegoyen.

e. 28/06/2017 N° 44620/17 v. 28/06/2017

Fecha de publicación 28/06/2017