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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA CREATIVA

Disposición 6-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2017

VISTO el Decreto N° 357/02, modificado por su similar N° 35/16, la Decisión Administrativa N° 213/16, la Resolución MC Nº 392E/2017, y el Expediente N° 2017-04988875-APN-DMED#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución citada en el Visto, se aprobaron los criterios para la implementación y funcionamiento operativo de MICA PLATAFORMA, así como las pautas de selección para conformar la delegación argentina en las futuras ediciones del MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR. (Anexo II, IF-2017-05008812-APN-DNEC#MC)

Que, en ambos casos, se prevé que la SUBSECRETARIA DE ECONOMÍA CREATIVA, ejerciendo el carácter de autoridad de aplicación de la citada norma, efectúe las convocatorias necesarias para los mencionados eventos, y adopte las decisiones reglamentarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas dependientes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.

Que MICA PLATAFORMA es el encuentro periódico nacional destinado a consolidar la experiencia de los MERCADOS DE INDUSTRIAS CULTURALES DE LA ARGENTINA (MICA), y en ese marco, se constituye como un espacio de convergencia entre los compradores de bienes y servicios originados en las industrias creativas, y los oferentes de dichos bienes.

Que corresponde determinar la fecha y el lugar de realización de MICA PLATAFORMA, edición 2017.

Que el MINISTERIO DE CULTURA aportará los recursos de carácter logístico para su concreción y desarrollará una plataforma digital que permita la vinculación entre los actores que ofrecen y demandan bienes y servicios ligados a la economía creativa, generando una agenda de encuentros y reuniones (rondas), para que estos exploren libremente acuerdos potenciales y oportunidades de negocios.

Que es necesario explicitar los mecanismos operativos para que los usuarios interesados puedan inscribirse en la plataforma, y aportar información sobre sus perfiles, incluyendo datos de sus emprendimientos, trayectoria, muestras, y otros elementos de interés, que permitan la interacción entre los inscriptos generando una matriz de intereses compartidos y un sistema de reciprocidad para el armado de una agenda de reuniones comunes.

Que, al mismo tiempo, durante la realización de MICA PLATAFORMA, se realizarán muestras de música y artes escénicas en vivo frente a compradores acreditados (productores, programadores de giras y festivales, empresarios de salas teatrales, entre otros) denominados Showcases.

Que, debido a la naturaleza y las características de esta actividad, de tiempo acotado, el número de showcases se encuentra limitado por la capacidad operativa del evento, y por esa razón, a través de la Resolución MC Nº 392 E/2017, se estableció que el MINISTERIO DE CULTURA efectuará una convocatoria pública para seleccionar a sus participantes.

Que en ese marco, corresponde aprobar el documento de bases y condiciones de la convocatoria para participar de los Showcases de música en vivo y artes escénicas durante la edición de MICA PLATAFORMA 2017.

Que el MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR (MICSUR), es el encuentro bienal que reúne a productores culturales de diez países del cono sur; Argentina, Brasil, Chile, Uruguay, Perú, Paraguay, Bolivia, Venezuela, Ecuador y Colombia, agrupados en seis sectores de las industrias creativas (audiovisual, editorial, música, artes escénicas, videojuegos y diseño) y está organizado por las áreas nacionales de cultura de cada nación, con sede rotativa.

Que MICSUR funciona, a nivel regional, con la lógica descripta en los considerandos precedentes para MICA PLATAFORMA, y en tal sentido, el evento alberga encuentros y rondas de negocios entre oferentes y compradores de bienes y servicios, en cada sector.

Que la delegación argentina está conformada, en cada edición, por el número de productores que determina el comité ejecutivo de MICSUR, y el MINISTERIO DE CULTURA aporta el traslado de la misma hasta la sede del evento y cubre el alojamiento necesario.

Que, por esa razón, a través de la Resolución MC Nº 392 E/2017, se destaca que es necesario establecer mecanismos públicos y transparentes para seleccionar a los integrantes de la mencionada delegación, y que, a tal efecto, la autoridad de aplicación de la norma debe formalizar la convocatoria pública pertinente.

Que por lo expuesto corresponde aprobar el documento de bases y condiciones de la convocatoria para integrar la delegación argentina en la edición 2018 del MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR (MICSUR), que tendrá lugar en la Ciudad de San Pablo, República Federativa de Brasil entre el 23 y el 29 de abril de ese año.

Que debido a la identidad de objeto entre los eventos reglamentados por esta Disposición, es oportuno implementar un formulario único digital, que cada uno de los participantes podrá utilizar para incorporar su perfil, con la posibilidad de aplicar de a MICA PLATAFORMA 2017 (rondas de negocios y/o Showcases) y MICSUR 2018, de manera conjunta o alternativa, y en el rol de oferentes o demandantes, o en ambos.

Que, sin perjuicio de lo anterior, para dar cumplimiento a las disposiciones de la Resolución MC Nº 392 E/2017, ANEXO II (IF- 2017-05008812-APN-DNEC#MC), resulta necesario establecer mecanismos particulares relativos al período de inscripción para cada evento, gestión y validación de las rondas de negocios en MICA PLATAFORMA, conformación de los jurados que actuarán para seleccionar los Showcases, e integrar la delegación argentina que viajará a MICSUR 2018, entre otros aspectos.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades delegadas en el artículo 3º de la Resolución MC Nº 392 E/2017.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ECONOMÍA CREATIVA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Establecer los días 6, 7 y 8 de octubre del corriente año, como fecha de realización del evento MICA PLATAFORMA 2017, que tendrá lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en las locaciones que serán informadas oportunamente a través de sus instrumentos de difusión.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el formulario único digital que se utilizará para inscribirse y participar en las diferentes alternativas de MICA PLATAFORMA, y para aplicar en la convocatoria que determinará la conformación de la delegación argentina en el MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR 2018, agregado como anexo I a la presente Disposición (IF-2017-12527609-APN-DNEC#MC )

ARTÍCULO 3º.- Apruébanse las pautas operativas para la inscripción a las rondas de negocios en MICA PLATAFORMA 2017, y el protocolo de funcionamiento de la agenda digital del evento, de acuerdo con los criterios explicitados en el anexo II de la presente medida (IF-2017-12528849-APN-DNEC#MC )

ARTÍCULO 4º.- Apruébase el documento de bases y condiciones para participar en la convocatoria a las muestras de música y artes escénicas en vivo (Showcases) durante MICA PLATAFORMA 2017, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo III de la presente Disposición (IF-2017-12533618-APN- DNEC#MC )

ARTÍCULO 5º.- Apruébase el documento de bases y condiciones para participar del certamen que determinará la conformación de la delegación Argentina en la edición 2018 del MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR (MICSUR), de conformidad con lo establecido en el anexo IV de la presente medida. (IF-2017-12533630-APN-DNEC#MC )

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, notifíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación, y cumplido, archívese — Andrés Gribnicow.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/07/2017 N° 47032/17 v. 05/07/2017

Fecha de publicación 05/07/2017