ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA RÍO GALLEGOS
(Art. 1101 y 1013 inc. “h” C.A.)
EDICTO
Se notifica a los interesados que abajo se detallan, de las resoluciones de condena dictadas por esta Administración, detallándose los importes en concepto de multa y tributos que deben abonar dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la presente publicación. Vencido el mismo, los importes indicados serán exigidos con más los accesorios que prevé el Código Aduanero. Que conforme lo instruido mediante la I.G. 05/2010 (AFIP) los interesados deberán tener presente lo establecido en el artículo 1025 del Código Aduanero. – Cra MUÑOZ Alina – Administradora a/c- Aduana Río Gallegos.
SUMARIO | RESOLUCION | CAUSANTE | DOCUMENTO | MULTA | TRIBUTO | ART C.A. | PENA ACC. |
14997-10-2016 | 346-16 | VERA LILIANA CAROLINA | 28603720 | $4.659 | $4.659 | 978 |
Silvia Andrea Sanz, Administradora (I), División Aduana Río Gallegos.
e. 06/07/2017 N° 45716/17 v. 06/07/2017
Fecha de publicación 06/07/2017