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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Disposición 516-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/06/2017

VISTO el Expediente N° 1-2002-4300001700/05-7, la Disposición N° 1021 del 4 de julio de 2007 del Registro de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN (SNR) y

CONSIDERANDO:

Que la institución “CENTRO DE DÍA ITUZAINGO” de PROYECTO ONCE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, fue categorizada por Disposición del VISTO, en la modalidad prestacional Centro de Día, categoría “A”, con un cupo de cincuenta y un (51) concurrentes, en jornada doble.

Que el 13 de enero de 2017 la Licenciada Elida Ana PASSUCCI manifestó su desvinculación como directora del establecimiento y como socia de PROYECTO ONCE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Que atento ello se propició la realización de una auditoría de control a la institución.

Que en virtud a las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 1193/98, le corresponde al SNR ejercer el poder de policía y verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para determinar la permanencia o baja de las instituciones que han ingresado al Registro Nacional de Prestadores.

Que conforme a dicha facultad, las Auditorías de Control o inducidas no son informadas al prestador con anterioridad a su realización.

Que la misma se llevó a cabo el día 23 de enero de 2017.

Que en tal oportunidad se procedió a la evaluación de los antecedentes de los servicios de la mencionada institución según el MARCO BÁSICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE PRESTACIONES Y ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD por Resolución Ministerial N° 1328/06.

Que se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por Resolución N° 14/00 DE LA PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (PDSPBAIPD), las que obran en el expediente.

Que merituando la constatación en terreno y la documentación aportada, la Junta Evaluadora efectuó el informe de su competencia el 3 de febrero de 2017.

Que posteriormente la institución agregó documentación, lo que motivó el informe de la Junta Evaluadora del 17 de marzo de 2017, en el cual concluyó que si bien algunas de las observaciones fueron subsanadas posteriormente a la auditoría de control, la institución no reunía al momento del informe, los requisitos exigidos por la normativa vigente para su permanencia en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES.

Que dicho informe fue debidamente notificado al interesado el 23 de marzo de 2017.

Que posteriormente el interesado agregó documentación, la que resultó insuficiente a los fines requeridos.

Que por lo expuesto, corresponde disponer la baja a la institución “CENTRO DE DÍA ITUZAINGO” de PROYECTO ONCE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA del REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES respecto de la modalidad prestacional Centro de Día.

Que la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del SNR han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta por aplicación de los artículos 1°, inciso f), apartado 3) de la Ley N° 19.549, Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y en virtud de las facultades conferidas al SNR por los Decretos Nros 1193/98 y 627/10, y Disposición SNR N° 1176/11.

Por ello,

EL DIRECTOR A CARGO DEL DESPACHO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Dáse de baja a la institución “CENTRO DE DÍA ITUZAINGO” de PROYECTO ONCE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CUIT N°30-70919245-7, con domicilio legal en la Avenida San Martín N° 4954, Código Postal N° 1417, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, provincia de Buenos Aires y real en la calle 24 de octubre N° 661, Código Postal N° 1714, de la localidad y partido de Ituzaingó, provincia de Buenos Aires, respecto de la modalidad prestacional Centro de Día.

ARTÍCULO 2°.- Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Gustavo Liotta.

e. 07/07/2017 N° 48190/17 v. 07/07/2017

Fecha de publicación 07/07/2017