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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Resolución 2871-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2017

VISTO la Decisión Administrativa N° 495 del 18 de mayo de 2016 y modificatorios, la Resolución Ministerial N° 669 del 23 de junio de 2016, el Expediente N° EX -2017-11904341-APN-DRRHH#ME del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 495 de fecha 18 de mayo de 2016 y sus modificatorias se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

Que asimismo, por el artículo 3° de la citada norma, se facultó al titular del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a la establecida por la precitada Decisión Administrativa.

Que por tal motivo, resulta menester aprobar las aperturas inferiores del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, emprendiéndose un proceso de reingeniería tendiente a la búsqueda de la optimización de la gestión en función de las competencias establecidas para la Jurisdicción.

Que por otra parte, deviene menester incorporar, homologar, reasignar y derogar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 495 del 18 de mayo de 2016, y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyanse el Anexo I d) –Organigrama– del artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 669 de fecha 23 de junio de 2016, correspondiente a la estructura organizativa de segundo nivel operativo del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, por el Anexo IF-2017-11897547- APN-DRRHH#ME, que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Incorpórese al Anexo I –Organigrama– del artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 669 de fecha 23 de junio de 2016, correspondiente a la estructura organizativa de segundo nivel operativo del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, el Anexo I e) (IF-2017-11900620-APN-DRRHH#ME), que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Incorpórese al Anexo II –Acciones– del artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 669 de fecha 23 de junio de 2016, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICA EDUCATIVA, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANEAMIENTO DE POLÍTICAS EDUCATIVAS de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA, y de la DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE APRENDIZAJES, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y EQUIDAD EDUCATIVA de la SECRETARÍA DE EVALUACIÓN EDUCATIVA, de este Ministerio, de conformidad con el detalle obrante en Planilla del Anexo IF-2017-13421442-APN-DRRHH#ME, el que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4°.- Incorpórense al Anexo III –Listado– del artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 669 de fecha 23 de junio de 2016, las Coordinaciones que se detallan en el listado que, como Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-11895800-APN- DRRHH#ME), forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Suprímanse del Anexo III – Listado– del artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 669 de fecha 23 de junio de 2016, la Coordinación de Educación Rural, de Educación Especial, de Educación Artística, de Educación en Contexto de Encierro, de Educación Domiciliaria y Hospitalaria, y de Educación Intercultural y Bilingüe, todas dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS SOCIOEDUCATIVAS de la SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA y la Coordinación de Fortalecimiento Educativo Territorial, de la mencionada Secretaria, de este Ministerio.

ARTÍCULO 6°.- Incorpórense al Anexo IV -Acciones– del artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 669 de fecha 23 de junio de 2016, las Acciones de las Coordinaciones que se detallan en el listado que, como Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-11897625-APN-DRRHH#ME), forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 7°.- Suprímanse del Anexo IV – Acciones– del artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 669 de fecha 23 de junio de 2016, la Coordinación de Educación Rural de Educación Artística, de Educación en Contexto de Encierro, de Educación Domiciliaria y Hospitalaria, y de Educación Intercultural y Bilingüe, todas dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS SOCIOEDUCATIVAS de la SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA y la Coordinación de Fortalecimiento Educativo Territorial, de la mencionada Secretaria, de este Ministerio.

ARTÍCULO 8°.- Incorpórense, homológuense, reasígnense y deróguense en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, según el detalle obrante en el Anexo IF-2017-11895777-APN- DRRHH#ME, el que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 9°.- Suprímanse del Anexo II –Acciones– del artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 669 de fecha 23 de junio de 2016, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección de Educación Inicial, de Educación Primaria, de Educación Secundaria y de Educación de Jóvenes y Adultos, todas dependientes de la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN EDUCATIVA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA y la Dirección de Saberes y Capacidades y la Dirección de Planificación y Gestión de la Información Educativa, de la SECRETARIA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA, de este Ministerio.

ARTÍCULO 10.- Manténgase vigentes los Departamentos aprobados por el artículo 1º de la Resolución del entonces Ministerio de Educación Nº 1111 de fecha 9 de agosto de 2010 y sus modificaciones.

ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 70 – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Esteban José Bullrich.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 11/07/2017 N° 48757/17 v. 11/07/2017

Fecha de publicación 11/07/2017