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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución 179-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 10/07/2017

VISTO el Expediente N° S05:0031604/2014 del Registro del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 aprobado por la Ley N° 27.341, los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por sus similares Nros. 237 del 26 de marzo de 2009, 825 del 10 de junio de 2010, 354 del 4 de abril de 2013, y 355 del 22 de mayo de 2017, , el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, las Decisiones Administrativas Nros. 357 del 24 de octubre de 2008, 647 del 8 de agosto de 2012, 12 del 11 de enero de 2017 y 284 del 5 de mayo de 2017, la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la citada ex-Secretaría y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 2 y N° 21 del 18 de enero de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, la Resolución N° 1.289 del 22 de diciembre de 2008 del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, adecuada por sus similares Nros. 164 del 28 de marzo de 2011, 527 del 9 de agosto de 2011, 583 del 20 de noviembre de 2012, 583 del 18 de noviembre de 2013, 77 del 11 de febrero de 2014 y 363 del 13 de agosto de 2014 todas del referido Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por sus similares Nros. 237 del 26 de marzo de 2009, 825 del 10 de junio de 2010 y 354 del 4 de abril de 2013, se aprobó la estructura organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 357 del 24 de octubre de 2008, se exceptuó al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, de lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley N° 26.337, a efectos de cubrir diversos cargos de la Planta Permanente de esa jurisdicción, en los términos establecidos en el Título VI del Anexo del Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007.

Que posteriormente por la Decisión Administrativa N° 647 del 8 de agosto de 2012 se exceptuó al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, de lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley N° 26.728, a efectos de cubrir diversos cargos de la Planta Permanente de esa jurisdicción, en los términos establecidos en el Título VI del Anexo del citado Decreto N° 40/07.

Que por la Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex- SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 2 y N°21 del 18 de enero de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, se aprobó el Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional.

Que mediante la Resolución N° 1.289 del 22 de diciembre de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex- SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se convocó al Proceso de Selección para la cobertura de cargos simples vacantes, en los términos del Artículo 61 del Anexo del citado Decreto Nº 40/07.

Que mediante la Resolución Nº 583 del 20 de noviembre de 2012 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se procedió a complementar y convocar al Proceso de Selección para la cobertura de los cargos previstos en los Anexos I y II de la misma.

Que por la mentada Resolución N° 583/12, modificada por sus similares Nros. 583 del 18 de noviembre de 2013 y 77 del 11 de febrero de 2014, ambas del citado Servicio Nacional, se ha constituido el Comité de Selección para los cargos simples en cuestión.

Que atento al número de cargos a concursar, la extensión geográfica que abarca la jurisdicción del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y siendo que los puestos a cubrir se encuentran asignados a diversas regiones de la REPÚBLICA ARGENTINA, resulta conveniente fraccionar el proceso de selección y realizarlo en forma escalonada, agrupándolos por cargos a los fines de facilitar el proceso de selección de que se trata.

Que hallándose cumplidas las etapas del proceso de selección en virtud de lo determinado por las normas legales vigentes en la materia, procede efectuar la correspondiente designación en la Planta Permanente del referido Servicio Nacional, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N° 363 del 13 de agosto de 2014 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

Que los cargos que se propicia cubrir se hallan incluidos en lo dispuesto por el Anexo I a la Decisión Administrativa N° 284 del 5 de mayo de 2017.

Que por el Artículo 3° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en la Planta Permanente de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de las estructuras organizativas, será efectuada en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros y los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3° del Decreto N° 355/2017.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnanse, a partir del dictado del presente acto, en la Planta Permanente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, a los agentes que se detallan en el documento gedo IF-2017-13237195-APN-DGRRHH#MA Anexo que forma parte integrante de la presente medida, en el Agrupamiento, Categoría, Grado y Tramo y en el cargo que en cada caso se indica, de conformidad con lo estatuido en el Anexo I de la Decisión Administrativa N° 284 del 5 de mayo de 2017.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para el ejercicio vigente a la fecha de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Buryaile.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 13/07/2017 N° 49213/17 v. 13/07/2017

Fecha de publicación 13/07/2017