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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Decreto 505/2017

Desígnase Director de la Agencia de Planificación.

Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2017

VISTO el Expediente Nº EX-2017-02680239-APN-SSRH#MI, la Ley N° 26.221 y los Decretos N° 13 del 10 de diciembre de 2015 y N° 212 del 22 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO

Que por el artículo 5° de la Ley N° 26.221 se creó en el ámbito del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN, teniendo a su cargo la coordinación integral de la planificación de las obras de expansión y mejoramiento del servicio, de provisión de agua potable y colección de desagües cloacales debiendo llevar a cabo todas las medidas necesarias para cumplir la misión enunciada en el Marco Regulatorio aprobado por dicha Ley.

Que asimismo, por el artículo 29 del Marco Regulatorio aprobado como Anexo 2 por el artículo 6° de la Ley N° 26.221 se dispuso que la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN será dirigida y administrada por un Directorio compuesto por TRES (3) miembros, siendo uno ellos el Subsecretario de Recursos Hídricos del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los DOS (2) restantes serán nombrados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, respectivamente, y que los miembros del Directorio deberán observar los mismos requisitos que para ser Diputado Nacional y contar con probada experiencia e idoneidad acordes a las actividades que deban cumplir, rigiendo las incompatibilidades vigentes para los funcionarios públicos.

Que por su parte, el Decreto Nº 13/15, en su artículo 5° sustituyó el Título V de la Ley de Ministerios N°22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, asignando las competencias en materia de obras públicas e hídricas al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que, mediante el artículo 3° del Decreto N° 212/15 se sustituyó del Anexo III al artículo 3° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios- Organismos Descentralizados- el apartado XII, quedando la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN como organismo descentralizado en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que el Gobierno de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a través de su MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS ha propuesto la designación del Ingeniero Roberto Walter KLIX como representante de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES ante la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA).

Que en el marco de lo expuesto, corresponde designar al Ingeniero Roberto Walter KLIX (D.N.I. N°12.946.430) en el cargo de Director de la AGENCIA DE PLANIFICACION (APLA), organismo descentralizado bajo la órbita de la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, en representación de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que la persona propuesta reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente en la materia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 29 del Anexo 2 de la Ley N° 26.221.

Por ello

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase al Ingeniero Roberto Walter KLIX (D.N.I. N° 12.946.430) en el cargo de Director de la AGENCIA DE PLANIFICACION (APLA), organismo descentralizado bajo la órbita de la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, en representación de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

ARTÍCULO 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán sustentados con fondos de la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA).

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Rogelio Frigerio.

e. 14/07/2017 N° 50656/17 v. 14/07/2017

Fecha de publicación 14/07/2017