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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 519-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2017

VISTO el Expediente Nº 239081/13 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nº 1615 del 23 de diciembre de 1996, Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y N° 355 de fecha de 22 de mayo de 2017, la Decisión Administrativa Nº 375 de fecha 19 de junio de 2015, y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto se tramita la aprobación de los contratos celebrados entre el titular de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD y las personas que se mencionan en la planilla que como Anexos I forma parte de integrante de la siguiente medida, de acuerdo con las previsiones del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios.

Que por Decisión Administrativa Nº 375/15 por la cual se autorizó la excepción de las previsiones contenidas en el inciso c) del artículo 9º de la Ley Nº 25164, a efectos de posibilitar sus contrataciones.

Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que a fin de asegurar el normal funcionamiento del organismo resulta necesario proceder a las contrataciones de varias personas para desempeñarse en la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN se expidió respecto a la aprobación de las contrataciones conforme al Artículo 5º del Decreto N° 355/2017.

Que la personas de que se tratan, según surgen de los actuados, se encuentran afectadas exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto mencionado en el segundo término en el Visto.

Que los antecedentes curriculares de las personas cuyas contrataciones se propician, resultan atinentes al objeto de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas.

Que la financiación de las contrataciones que por el presente se propicia serán atendidas con cargo a la partida específica de los créditos presupuestarios asignados a la jurisdicción.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 100 del 16 de Diciembre de 2015 y N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y la Resoluciòn Nº 147 de fecha 07 de abril de 2016.

Por ello,

EL GERENTE GENERAL A CARGO DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dáse por aprobadas las contrataciones de las personas que se detallan en la planilla que como Anexo I, forma parte de la presente medida, conforme a las condiciones, nivel, grado y vigencia indicados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias, quien desarrolla sus funciones en la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, conforme la intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en orden a lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto Nº 355/17 e Inciso 9 del Artículo 23 octies del Decreto Nº 13/15.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese en el plazo de CINCO (5) días al MINISTERIO DE MODERNIZACION, conforme lo establecido en el artículo 8º del Decreto Nº 355/2017.

ARTÍCULO 3°.- El Gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputara con cargo con cargo de la partida específica: 1-1-2.80.00-914-50.00-01-1-8, SUPERINTENDENCIA DE SALUD, de conformidad con la nueva Ley de presupuesto para la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL Nº 27.341.

ARTÍCULO 4°.- Publíquese, dase a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — E/E Sandro Taricco.

ANEXO I

APELLIDO Y NOMBREDNINIVEL Y GRADOVIGENCIA CONTRATO
DUERI Leonardo Daniel27.257.990E-011/10/2013 a 21/12/2013
NOYA ZAVALIA Santiago28.800.933C-024/09/2013 a 31/12/2013
PASSARINI Mauro Juan25.240.641B-001/08/2013 a 31/12/2013
PREGO Lucas37.204.213D-001/10/2013 a 31/12/2013
TESARE Gladys Georgina31.725.626E-001/10/2013 a 31/12/2013
VELARDE Daiana Soledad34.196.207D-001/11/2013 a 31/12/2013

e. 14/07/2017 N° 49857/17 v. 14/07/2017

Fecha de publicación 14/07/2017