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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 399/2017

Buenos Aires, 11/07/2017

VISTO el Expediente N° 5947/2017 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248 de fecha 10 de octubre de 2001), y sus modificatorias, el Decreto N° 769 de fecha 9 de junio de 2016, el Decreto N° 1346 de fecha 30 de diciembre de 2016 y la Resolución INCAA N° 1 de fecha 2 de enero de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias pone a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en el territorio de la República Argentina y de la actividad cinematográfica nacional en el exterior.

Que asimismo, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece en el artículo 5° que el Consejo Asesor tendrá como función, entre otras, la de “...designar comités de selección para la calificación de los proyectos que aspiran a obtener los beneficios de esta ley, los que se integrarán con personalidades de la cultura, la cinematografía y artes audiovisuales”.

Que por su parte, el Artículo 2° del Decreto N° 1346/2016 establece en los términos del artículo 31 de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tres modalidades de producción: a) producciones destinadas a audiencia masiva; b) producciones destinadas a audiencia media; y c) producciones de convocatoria previa.

Que en ese marco, se dictó la Resolución INCAA N° 1/2017, por medio de la cual se aprueba el RÉGIMEN GENERAL DE FOMENTO (RGF) que contiene, entre otras medidas, la normativa aplicable a la asignación, liquidación y pago de subsidios a las distintas modalidades de producción cinematográfica de películas nacionales de largometraje, como así también la reglamentación relativa a los distintos comités de selección de proyectos que pretendan dichos beneficios, y cuyos integrantes deben ser designados por el Consejo Asesor.

Que asimismo, la Resolución INCAA N° 1/2017, Anexo I, Artículo 27 Inciso 2) establece la conformación del COMITÉ DE SELECCIÓN PARA ÓPERA PRIMA el cual estará compuesto por 7 (SIETE) miembros, UN (1) productor, UN (1) director, UN (1) guionista, UN (1) actor, UN (1) técnico cinematográfico, UN (1) integrante de TRES (3) candidatos propuestos al CONSEJO ASESOR por el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS y UN (1) integrante de TRES (3) candidatos propuestos por la ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA (ENERC).

Que dicho Comité será designado anualmente y tendrá competencia para expedirse en todas las convocatorias del año de la respectiva modalidad, evaluando la cantidad de proyectos que se hubieran presentado sin importar su número en tanto los mismos reúnan los requisitos previos de la convocatoria, dictaminado en el plazo que determine la Gerencia de Fomento a la Producción Audiovisual.

Que resulta necesario designar a los miembros que integrarán el COMITÉ DE SELECCIÓN PARA ÓPERA PRIMA; para la clasificación de proyectos presentados por convocatoria previa según la elección realizada por el Consejo Asesor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.

Que el Consejo Asesor en la reunión de fecha 4 de mayo de 2017, estableció en el acta respectiva: “... se procede a tratar el primer punto del orden del día respecto a la designación de los integrantes de los diferentes comités de selección y evaluación de proyectos. En relación al presente tema los consejeros votan por unanimidad la elección de las siguientes personas como integrantes de los respectivos comités […]

I) Comité de Selección para Ópera Prima:

En categoría Guionista: Sr. Diego Javier RECALDE, DNI N° 21.115.330

En categoría Director: Sra. Paula Constanza DE LUQUE, DNI N° 17.896.380

En categoría Productor. Sr. Jorge Ignacio REY, DNI N° 23.772.042

En categoría Actor: Sr. Juan José PALOMINO MERCERAT, DNI N° 13.803.153

En categoría Técnico: Sr. Víctor Alejandro TENDLER, DNI N° 20.654.860

Integrante propuesto por la ENERC: Sr. Eduardo Benito RASPO, DNI N° 14.969.692

Se aclara que el lugar del integrante a ser propuesto por el Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos queda vacante en tanto no se recibió propuesta por parte de dicho Organismo.

Que dichos miembros fueron designados, conforme lo previsto en el Artículo 5° y concordantes de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, por el Consejo Asesor nombrado por Decreto N° 769/2016.

Que las personas mencionadas cumplen con los requisitos de admisibilidad que se fijan en la Resolución INCAA N° 1/2017, Anexo I, Artículo 21 a los fines de la integración del COMITÉ DE SELECCIÓN PARA ÓPERA PRIMA.

Que la Gerencia de Fomento a la Producción Audiovisual ha tomado la intervención que le compete.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del Artículo 3° inciso a) y I) de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y el Decreto N° 324/2017.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnese como miembros del COMITÉ DE SELECCIÓN PARA ÓPERA PRIMA al Productor Jorge Ignacio REY (DNI N° 23.772.042), a la Directora Paula Constanza DE LUQUE (DNI N° 17.896.380), al Guionista Diego Javier RECALDE (DNI N° 21.115.330), al Actor Juan José PALOMINO MERCERAT (DNI N° 13.803.153), al Técnico Víctor Alejandro TENDLER (DNI N° 20.654.860) y al Integrante por la ENERC Eduardo Benito RASPO (DNI N° 14.969.692); quienes estarán en funciones por el período de UN (1) año.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, notifíquese a los interesados, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Ralph Haiek.

e. 17/07/2017 N° 50031/17 v. 17/07/2017

Fecha de publicación 17/07/2017