ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA COMODORO RIVADAVIA
ART. 1112 inc. a) y 1013 inc. h) ley 22.415 y ley 25603.
Por la presente, se los intima a cancelar, dentro de los (10) diez días hábiles posteriores a quedar notificado, el monto fijado en concepto de multa ordenada en el fallo condenatorio dictado en el Sumario Contencioso que se detallan a continuación. Bajo apercibimiento de promover la ejecución judicial de la deuda (Art. 1125 y s.s. del C.A.). Asimismo se deja constancia de la aplicación de la pena de comiso respecto de la mercadería involucrada:
N° SUM | IMPUTADO | DNI/CUIL/CUIT | Art. | MULTA C/ INT |
38-2014/5 | Quintana Angel Ivan | 30662537 | 986/987 | 4.148,27 |
Ramon Angel Orquera, Jefe (Int.), Sección Inspección Simultánea, A/C División Aduana Comodoro Rivadavia.
e. 17/07/2017 N° 50038/17 v. 17/07/2017
Fecha de publicación 17/07/2017