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6 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal en Av. Belgrano 1656, C.A.B.A. notifica que por Resoluciones Nº: 759/17, 983/17, 1038/17, 1011/17, 980/17, 982/17, 972/17, 967/17, 736/17, 851/17 y 856/17 INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades: COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO RESURRECCIÓN LTDA (Mat: 22.352) con domicilio legal en la Provincia de Chaco; COOPERATIVA AGROPECUARIA OLIVICOLA VILLA MAZAN LTDA (Mat: 10.205) con domicilio legal en la Provincia de la Rioja; COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS Y CONSUMO CUESTA BLANCA LTDA (Mat: 12.250) con domicilio legal en la Provincia de Córdoba; COOPERATIVA DE TRABAJO Y VIVIENDA COP.SER.GE LTDA (Mat: 23.333), COOPERATIVA DE TRABAJO Y TRANSPORTE UNIDOS DEL SUR (Mat: 23.952), ambas con domicilio legal en la Provincia de Santa Cruz; COOPERATIVA AGROPECUARIA Y FORESTAL TATAHUASO LTDA (Mat: 22.634) con domicilio legal en la Provincia de Salta; COOPERATIVA AGROPECUARIA GUALEGUAY LTDA (Mat: 2.106) con domicilio legal en la Provincia de Entre Rios; COOPERATIVA DE TRABAJO TIMBUES LTDA (Mat: 38.494) con domicilio legal en la Provincia de Santa Fe; ASOCIACION DE COOPERATIVAS CAÑERAS DE TUCUMAN DE PRODUCCION COMERCIALIZACION CONSUMO CREDITO Y VIVIENDA COOPERATIVA LTDA (Mat: 11.322) con domicilio legal en la Provincia de Tucumán; COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA TRABAJADORES AUTONOMOS FENIX LTDA (Mat: 24.551) y a la COOPERATIVA AGROPECUARIA SARGENTO CABRAL LTDA (Mat: 2.780), ambas con domicilio legal en la Provincia de Corrientes. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) -10 días- y Art. 22, incs. b) c) y d) -30 días- Ley Nº 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 – T.o. 1.991, -10 días-). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 – T.o. 1.991, -5 días-). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 – T.o. 1.991, 15 días-), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley Nº 20.337, modificada por Ley Nº 22.816. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 T.o. Dto. Nº 1.883/91).

Patricia Beatriz Caris, Responsable, Despacho, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.

e. 17/07/2017 N° 50007/17 v. 19/07/2017

Fecha de publicación 17/07/2017