MINISTERIO DE TURISMO
Decisión Administrativa 532/2017
Desígnase Director de Control de Agencias de Viajes.
Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-03900927-APN-DDYME#MTU, la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y 355 de fecha 22 de mayo de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Que por el artículo 7° de la citada Ley, se estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la Dirección Nacional de Agencias de Viajes dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD TURÍSTICA de la SECRETARÍA DE INNOVACION, TECNOLOGÍA Y CALIDAD TURÍSTICA del MINISTERIO DE TURISMO, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III de Director de Control de Agencias de Viajes.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura transitoria de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley N° 27.341 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y los artículos 7° de la Ley N° 27.341 y 2º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Designase con carácter transitorio, a partir del 1° de junio de 2016 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida, al Doctor D. Ricardo Mario MALDONADO (M.I. N° 13.786.378) en UN (1) cargo Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del SINEP de Director de Control de Agencias de Viajes dependiente de la Dirección Nacional de Agencias de Viajes de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD TURÍSTICA de la SECRETARÍA DE INNOVACION, TECNOLOGÍA Y CALIDAD TURÍSTICA del MINISTERIO DE TURISMO, autorizándose el pago de la referida Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.341.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Titulo II, Capítulos III, IV y VIII, y en el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto N° 2.098/08, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 53 – MINISTERIO DE TURISMO.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — José Gustavo Santos.
e. 19/07/2017 N° 51837/17 v. 19/07/2017
Fecha de publicación 19/07/2017