MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Decisión Administrativa 529/2017
Desígnase Director Regional.
Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2017
VISTO el Expediente N° EX-2016-04908783-APN-DGRH#MI, la Ley 27.341, los Decretos Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, Nº 355 del 22 de mayo de 2017, la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA N° 343 del 19 de octubre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.341 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.
Que por la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA N° 343 del 19 de octubre de 2016, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo del citado MINISTERIO.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, solicita la designación transitoria del señor Federico Alejandro GELI (D.N.I. Nº 28.231.222) en el cargo de DIRECTOR REGIONAL NEA Y PATAGONIA (Nivel B, Grado 0, F.E. Nivel III del SINEP) de la DIRECCIÓN NACIONAL TERRITORIAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO, perteneciente a la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT del citado Ministerio, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a dicha dependencia.
Que la designación solicitada debe efectuarse con autorización excepcional por no reunir el señor GELI los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.
Que dicha Jurisdicción cuenta con la respectiva vacante financiada, motivo por el cual la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase con carácter transitorio en la Planta Permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a partir del 19 de octubre de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el cargo de DIRECTOR REGIONAL NEA Y PATAGONIA (Nivel B, Grado 0, F.E. Nivel III del SINEP) de la DIRECCIÓN NACIONAL TERRITORIAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO, perteneciente a la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT del citado Ministerio, al señor Federico Alejandro GELI (D.N.I. Nº 28.231.222), con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo mencionado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según loestablecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.
e. 19/07/2017 N° 51820/17 v. 19/07/2017
Fecha de publicación 19/07/2017