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Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 538/2017

Danse por aprobadas contrataciones.

Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2017

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0008107/2016 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, la Ley N° 27.341, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación de los contratos suscriptos, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los agentes mencionados en el Anexo de la presente medida, de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación de las mismas.

Que según surge del expediente, los antecedentes personales, la capacitación y experiencia con la que cuentan los agentes de que se trata, de diversas nacionalidades, se ajustan estrictamente al perfil de las tareas a desarrollar, por lo que resultaría beneficioso contar con la colaboración de los agentes en cuestión.

Que el Capítulo II, artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley N° 25.164 prevé la excepción del cumplimiento del requisito de nacionalidad para el ingreso a la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

Que los agentes involucrados en la presente medida se encuentran afectados exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que los agentes propuestos no cumplen con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares de los mismos, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas, por lo que procede aprobar las contrataciones de los mismos, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en orden a lo dispuesto en los artículos 1 del Decreto N° 735 del 1° de junio de 2016 y 4° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017, ha intervenido y se ha expedido favorablemente respecto a la aprobación de las contrataciones como excepción a la normativa citada en el párrafo precedente.

Que además según resulta de lo actuado, los agentes de que se trata han efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de enero de 2016, por lo que procede aprobar las respectivas contrataciones con efectos a esa fecha.

Que dichas contrataciones han sido comunicadas fehacientemente al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en los términos del artículo 8° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Que previo a dar trámite a las presentes contrataciones, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente medida será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.341.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 4°, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y 4° del Decreto N° 355 del 22 de mayo 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dánse por exceptuados a los agentes Da. Beatriz ALBUQUERQUE DE FIGUEIREDO SANCHEZ DE ALMEIDA (D.N.I. N° 93.907.675), de nacionalidad Brasileña, D. Césare Francesco ARRIAGA LEBAN (D.N.I. N° 92.909.767), de nacionalidad Italiana, Da. Diana Carolina OVEJERO FERRE (D.N.I. N° 92.875.427), de nacionalidad Estadounidense y Da. María Nathalia RIVERA NOGUERA (D.N.I. N° 94.628.476), de nacionalidad Colombiana, del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL se establece en el Capítulo II, artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

ARTÍCULO 2°.- Dánse por aprobados, con efectos al 1° de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, los contratos suscriptos ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los agentes mencionados en la planilla que, como Anexo (IF-2017-08952215-APN-JGM), forma parte integrante de la presente medida conforme las condiciones indicadas en la misma, para desempeñar funciones en diversas dependencias de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, conforme lo estipulado en la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y susmodificatorias y con carácter de excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, conforme la intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

ANEXO

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATEGICOS

APELLIDO Y NOMBRESD.N.I. N°NIVEL Y GRADOFUNCIÓN
ALBUQUERQUE DE FIGUEIREDO SANCHEZ DE ALMEIDA, Beatriz93.907.675B-0Asesora Especializada en Planeamiento Estratégico

SECRETARIA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE VINCULO CIUDADANO

APELLIDO Y NOMBRESD.N.I. N°NIVEL Y GRADOFUNCIÓN
ARRIAGA LEBAN, Césare Francesco92.909.767A-0Asesor Experto en Procesos Administrativos
OVEJERO FERRE, Diana Carolina92.875.427B-0Asesora Especializada en Gestión de Redes
RIVERA NOGUERA, María Nathalia94.628.476A-0Asesora Experta en Bases de Datos Económicos

IF-2017-08952215-APN-JGM

e. 24/07/2017 N° 52742/17 v. 24/07/2017

Fecha de publicación 24/07/2017