BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6262/2017
27/06/2017
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular CONAU 1 – 1221. Régimen Informativo Contable Mensual Seguimiento de Anticipos y Otras Financiaciones de Exportaciones (R.l. - S.A.O.F.E.).
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las modificaciones introducidas en el régimen informativo de la referencia, como consecuencia de las disposiciones oportunamente difundidas mediante los términos de la Comunicación “A” 6244.
En este sentido, se discontinúa la remisión de la información correspondiente al Apartado B, siendo la última presentación la que corresponda a los datos al 30.06.17 y cuyo vencimiento operará el 14.07.2017.
De esta manera, se mantiene únicamente la información a disposición de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, contemplándose las siguientes adecuaciones:
General
- Reformulación de las instrucciones generales y de la denominación del requerimiento
Operaciones bajo seguimiento de la entidad
- Reemplazo del número de boleto por el código APX a partir del 01.07.17
- Incorporación de la opción “Otros acreedores” en el dato “Tipo de acreedor”
- Respecto del dato “Tipo de operación”, se deberán tener en cuenta los siguientes cambios,
• modificación en la descripción del tipo de operación 7.
• aclaración sobre la vigencia para los tipos de operaciones 5., 6., 8. y 9.
• incorporación de tres tipos de operaciones (11., 12. y 13.)
- Eliminación del dato sobre “Código para el plazo para embarcar y estado de situación a la fecha informada”
Aplicaciones o reducciones parciales
- Aclaración sobre el alcance del dato “Fecha de aplicación”
- Eliminación de los datos relacionados con “N° de autorización del Banco Central” y “N° de Comunicación que permite su aplicación automática”
- Introducción del dato sobre “Concepto informado”
- Explicitación de los códigos aplicables a las modalidades de reducción
- Modificación de la descripción del dato vinculado con la “fecha de cumplido de embarque del permiso aplicado”
Afectaciones a cancelaciones
- Se elimina el punto A.3. “Afectaciones a cancelaciones de cada operación” para todas las operaciones ingresadas a partir del 01.07.17
Cabe aclarar que, en la presentación del Apartado B correspondiente al 30 de junio del corriente, deberán incluirse las operaciones que correspondan a los tres nuevos tipos de operaciones incorporados y que registren montos pendientes de aplicación a dicha fecha.
Adicionalmente, se informa que se deja sin efecto la obligatoriedad del envío de la “Información a disposición de la SEFyC” en los casos establecidos mediante los términos de las Comunicaciones “A” 5668 y “A” 5763.
Asimismo, se deberán observar las modificaciones en las Instrucciones Operativas que complementen la presente.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Ricardo O. Maero, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información. — Estela M. del Pino Suárez, Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros.
ANEXO
Los Anexos no se publican, la documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gov.ar (Opción “Normativa”).
e. 26/07/2017 N° 51953/17 v. 26/07/2017
Fecha de publicación 26/07/2017