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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 293/2017

ACTA N° 1487

Expediente ENRE N° 26.299/2008

Buenos Aires, 26/07/2017

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Solicitud de Ampliación de la Capacidad de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA REGION DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA (TRANSNOA S.A.), ante el requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESE S.A.), para la obra consistente en la adecuación de la ET SANTIAGO SUR, compuesta por DOS (2) transformadores de 132/13,2 kV 30 MVA, DOS (2) reactores de neutro y servicios auxiliares, TRES (3) campos de Entrada en 132 kV para la entrada de las LAT RÍO HONDO-SANTIAGO SUR, SANTIAGO SUR-SANTIAGO CENTRO y LORETO-SANTIAGO SUR, ONCE (11) celdas de 13,2 kV y doble barra de 13,2 kV con acoplamiento longitudinal y la apertura de la LAT RÍO HONDO-SANTIAGO CENTRO a la altura de la ET SANTIAGO SUR con la construcción de las acometidas correspondientes a la nueva ET, en la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO. 2.- Publicar dicha Solicitud mediante un AVISO en la página web del ENRE y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio por el plazo de CINCO (5) días; también se deberá publicar por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o pueda afectar eléctricamente, advirtiéndose en dichas publicaciones que se otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, a ser computados desde la última publicación ordenada para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el Ente. 3.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, vencido el plazo señalado en el Artículo precedente se considerará otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra referida en el Artículo 1. 4.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos Usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 5.- El solicitante deberá incorporar en la ampliación requerida todas las observaciones presentadas por CAMMESA y TRANSNOA S.A., como así también, las que formulara esta última en el marco de la Audiencia Pública convocada mediante Resolución ENRE N° 102/2011, celebrada en fecha 12 de Mayo de 2011, en la Ciudad de SANTIAGO DEL ESTERO. 6.- Notifíquese a TRANSNOA S.A., a EDESE S.A., a CAMMESA, al EPRET, al ENTE REGULADOR DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE SANTIAGO DEL ESTERO y al MINISTERIO DE AGUA Y MEDIO AMBIENTE DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO. Firmado: Vocal Tercero Ing. Ricardo Sericano - Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone -.

Natalia Pavesi, Secretaria Alterna de Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 28/07/2017 N° 53785/17 v. 28/07/2017

Fecha de publicación 28/07/2017