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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 572-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2017

VISTO los Expedientes Nros. 41884/2016 y 13939/2017 del Registro de la Superintendencia de Servicios de Salud, la Ley Nº 26.682 y la Resolución Nº 814-SSSalud del 15 de Octubre de 2003 y;

CONSIDERANDO:

Que por los Expedientes del VISTO tramita la presentación realizada por la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE PRENSA DE TUCUMAN (RNOS Nº 1-2350-3) a través de la cual comunica su decisión de dar de baja el plan de adherentes oportunamente aprobado por este Organismo, mediante la Resolución Nº 814/03 S.S.SALUD.

Que en el Expediente Nº 13939/2017, se encuentra agregada la copia debidamente certificada del Acta del Consejo Directivo de la Obra Social, de fecha 12/08/2016, por la cual se resuelve dar de baja el plan aludido.

Que resulta facultativo, para los Agentes del Seguro de Salud, proceder a la captación de los beneficiarios adherentes y comercializar los planes superadores, a cuyo efecto las Obras Sociales deben presentar y aprobar los planes en cuestión por ante esta Superintendencia de Servicios de Salud, ello de conformidad con la Ley Nº 26.682 y normas concordantes y complementarias.

Que en virtud de ello, visto lo solicitado, normativa aplicable y las constancias de autos, correspondería acceder a lo solicitado, en el sentido que la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE PRENSA DE TUCUMAN (RNOS Nº 1-2350-3) cese su inscripción como recipiendaria de beneficiarios adherentes.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Organismo tomó la intervención en la órbita de su competencia.

Que la Gerencia General comparte lo actuado por el área técnica del Organismo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de Diciembre de 1996 y Nº 100 de fecha 16 de Diciembre de 2015.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º: DESE de baja el Plan de Beneficiarios Adherentes de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE PRENSA DE TUCUMAN (RNOS Nº 1-2350-3), que fuera aprobado por Resolución Nº 814/03 S.S.SALUD, debiendo mantener la cobertura de dicho plan respecto de aquellos beneficiarios que a la fecha de publicación de la presente revistan en la categoría de adherentes.

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase al Registro Nacional de Obras Sociales para constancia en el legajo del Agente del Seguro de Salud y oportunamente, archívese. — Luis Alberto Scervino.

e. 31/07/2017 N° 53807/17 v. 31/07/2017

Fecha de publicación 31/07/2017