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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 597/2017

Recházase recurso.

Ciudad de Buenos Aires, 31/07/2017

VISTO el Expediente Nº S04:0003038/2011 del Registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, las Resoluciones Conjuntas ex S.G.P. N° 84 y ex M.J.S. y D.H. N° 928 del 16 de octubre de 2009 y ex S.G. N° 78 y M.J. y D.H. N° 919 del 11 de julio de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por la doctora María José RODRIGUEZ, agente de la planta permanente de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, contra la Resolución Conjunta ex S.G.P. N° 84 y ex M.J.S. y D.H. N° 928 del 16 de octubre de 2009, que dispuso su reencasillamiento en el SINEP.

Que mediante la Resolución Conjunta ex S.G. N° 78/11 y M.J. y D.H. N° 919/11, se rechazó el recurso de reconsideración deducido por la recurrente.

Que a fojas 114/117 la doctora María José RODRIGUEZ amplía los fundamentos de su recurso contra la Resolución Conjunta ex S.G.P. N° 84/09 y ex M.J.S. y D.H. N° 928/09.

Que los argumentos esgrimidos por la nombrada en su escrito ampliatorio no difieren en lo sustancial de los ya explicitados en la instancia de reconsideración.

Que la recurrente no alcanza a desvirtuar la legitimidad del reencasillamiento cuestionado que le asigna el nivel escalafonario Nivel C, el cual resulta aplicable a sus antecedentes en virtud de lo establecido por el artículo 124 punto 11) del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que por las razones expuestas corresponde rechazar el recurso interpuesto.

Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete en los términos del artículo 92 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O.1991.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Recházase el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración deducido por la doctora María José RODRIGUEZ (D.N.I. N° 17.181.674), agente Nivel C, Grado 5, Tramo Intermedio del Agrupamiento Profesional del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, de la planta permanente de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, contra la Resolución Conjunta ex S.G.P. N° 84 y ex M.J.S. y D.H. N° 928 del 16 de octubre de 2009.

ARTÍCULO 2°.- Hágase saber a la recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado por su artículo 100.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Germán Carlos Garavano.

e. 01/08/2017 N° 54725/17 v. 01/08/2017

Fecha de publicación 01/08/2017