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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Resolución 261-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 01/08/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-01523004-APN-DCC#MEM, la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus modificaciones, y el Decreto N° 305 de fecha 3 de febrero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramitó la Licitación Pública Nacional N° 452-0003-LPU17, correspondiente a la adquisición de motocompresores para el proyecto “Ampliación del Sistema de Transporte y Distribución de Gas Natural”, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus modificaciones.

Que, mediante la Resolución N° 28 de fecha 15 de febrero de 2017 de este Ministerio, se convocó a Licitación Pública Nacional, en el marco de la citada ley, para la adquisición de motocompresores para el proyecto “Ampliación del Sistema de Transporte y Distribución de Gas Natural”.

Que, con fecha 6 de abril de 2017, se efectuó el Acto de Apertura de Ofertas (IF-2017-05667546-APN- DCC#MEM), en el que se recepcionaron SEIS (6) propuestas pertenecientes a las firmas: PALMERO SAN LUIS SOCIEDAD ANÓNIMA (PALMERO SAN LUIS S.A.) (CUIT Nº 30-61190607-9), GALILEO TECHNOLOGIES SOCIEDAD ANÓNIMA (GALILEO TECHNOLOGIES S.A.) (CUIT Nº 30-61608546-4), GEA PROCESS ENGINEERING SOCIEDAD ANÓNIMA (GEA PROCESS ENGINEERING S.A.) (CUIT Nº 30-69074404-6), TURBODISEL SOCIEDAD ANÓNIMA (TURBODISEL S.A.) (CUIT Nº 30-56820533-9), EXTERRAN ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (EXTERRAN ARGENTINA S.R.L.) (CUIT Nº 30-65909508-0) e INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA (INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A.) (CUIT Nº 30-50159813-1).

Que la Comisión Evaluadora designada al efecto, mediante la Disposición N° 3 de fecha 5 de abril de 2017 de la SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO de este Ministerio, procedió a intimar oportunamente a los oferentes a subsanar defectos formales de sus propuestas.

Que, con fecha 16 de mayo de 2017, la referida Comisión emitió el Dictamen de Evaluación (IF-2017-08905374-APN-DCC#MEM), mediante el cual propuso desestimar las propuestas de las firmas TURBODISEL S.A., EXTERRAN ARGENTINA S.R.L., PALMERO SAN LUIS S.A., GALILEO TECHNOLOGIES S.A. y GEA PROCESS ENGINEERING S.A., en atención a que sus ofertas no resultaron admisibles por no cumplir con los requisitos mínimos estipulados en la documentación licitatoria.

Que, asimismo, la referida Comisión en el Dictamen de Evaluación sugiere adjudicar la licitación de que se trata a la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A.

Que el mencionado dictamen ha sido debidamente notificado en tiempo y forma.

Que, en virtud de ello, con fecha 22 de mayo de 2017, la firma GALILEO TECHNOLOGIES S.A. presentó impugnación (IF-2017-09613201-APN-DCC#MEM), acompañando el comprobante de depósito pertinente (IF-2017-11514905-APN-DCC#MEM).

Que la Comisión Evaluadora en su contestación de fecha 7 de junio de 2017 (IF-2017-11174947-APN- DNIEE#MEM) recomendó el rechazo de la impugnación formulada por la firma GALILEO TECHNOLOGIES S.A., toda vez que su propuesta no satisface los requisitos técnicos y económicos financieros, conforme los criterios de evaluación exigidos en la documentación licitatoria.

Que, con fecha 14 de junio de 2017, la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. presentó una nota (IF-2017-11735864-APN-DDYME#MEM) peticionando que se desestimen la impugnación presentada por la firma GALILEO TECHNOLOGIES S.A. y las observaciones formuladas, y se proceda a la inmediata adjudicación.

Que en igual fecha la firma GALILEO TECHNOLOGIES S.A., mediante el Expediente N° EX-2017-11664433-APN-DDYME#MEM, que tramita conjuntamente con el expediente citado en el Visto, realizó una presentación (IF-2017-11685812-APN-DDYME#MEM) por la cual contesta y formula aclaraciones vinculadas al Dictamen de la Comisión Evaluadora de Ofertas que contesta la impugnación.

Que con fecha 5 de julio de 2017 la citada firma, mediante el Expediente N° EX-2017-13425864- DDYME#MEM que también tramita conjuntamente con el expediente citado en el Visto, realizó una nueva presentación (IF-2017-13434159-APN-DDYME#MEM), reiterando los argumentos de su impugnación y el planteo relacionado con la garantía de la misma, y en la que formuló un pedido de pronto despacho en los términos del artículo 10 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que, sin perjuicio de las causas que motivaron el rechazo de la oferta de GALILEO TECHNOLOGIES S.A., dicha presentación resulta improcedente, toda vez que no se encuentra prevista en el Pliego la réplica del dictamen de la Comisión Evaluadora emitido en respuesta a la impugnación.

Que a los fines de resolver el pronto despacho presentado, debe estarse a lo previsto en la Cláusula 31 del Pliego de Condiciones Generales para la Licitación y Contratación de Obras Públicas (PLIEG-2017-01484136-APN-DCC#MEM), en cuanto a que las impugnaciones se resolverán en el acto de adjudicación.

Que el BANCO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA (BAPIN) ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Presupuesto de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 305 de fecha 3 de febrero de 2016.

Por ello,

EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento realizado para la Licitación Pública Nacional N° 452-0003- LPU17, correspondiente a la adquisición de motocompresores para el proyecto “Ampliación del Sistema de Transporte y Distribución de Gas Natural”.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase a la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA (INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A.) (CUIT Nº 30-50159813-1), la licitación de que se trata, por ajustarse su propuesta al Pliego de Condiciones Generales para la Licitación y Contratación de Obras Públicas (PLIEG-2017-01484136-APN-DCC#MEM), al Pliego de Condiciones Especiales (PLIEG-2017-01714986-APN-DCC#MEM) y al Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2017-01736151-APN- DNPIEE#MEM), en un todo de acuerdo con la oferta y según el siguiente detalle:

Renglón N° 1: DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y UN CENTAVOS (USD5.022.789,81).

Renglón N° 2: DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DIECISIETE CON TREINTA CENTAVOS (USD3.138.517,30).

Total adjudicado para la Licitación: DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SIETE CON ONCE CENTAVOS (USD8.161.307,11).

ARTÍCULO 3°.- Desestímanse las propuestas presentadas por las firmas PALMERO SAN LUIS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT Nº 30-61190607-9), GALILEO TECHNOLOGIES SOCIEDAD ANÓNIMA (GALILEO TECHNOLOGIES S.A.) (CUIT Nº 30-61608546-4), GEA PROCESS ENGINEERING SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT Nº 30-69074404-6), TURBODISEL SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT Nº 30-56820533-9), EXTERRAN ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT Nº 30-65909508-0), en atención a que las mismas no resultaron admisibles por no cumplir con los requisitos mínimos estipulados en la documentación licitatoria.

ARTÍCULO 4°.- Recházase la impugnación presentada por la firma GALILEO TECHNOLOGIES S.A., compartiéndose los criterios vertidos en los dictámenes emitidos por la Comisión Evaluadora de Ofertas, que se mencionan en el considerando noveno del presente acto.

ARTÍCULO 5°.- Ejecútase, en consecuencia, la garantía de impugnación constituida oportunamente.

ARTÍCULO 6°.- Apruébase el Modelo de Contrato (IF-2017-11653666-APN-DGAF#MEM) que forma parte integrante del presente acto, y autorízase al Subsecretario de Infraestructura Energética, Ingeniero Alberto Raúl BRUSCO (M.I. 10.743.713), dependiente de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO de este Ministerio, a la suscripción del contrato respectivo.

ARTÍCULO 7°.- Impútase el presente gasto al Ejercicio Financiero correspondiente, Programa 73 – Proyectos 2 y 3, Inciso 4, Partida Principal 3, Partida Parcial 9, Fuente de Financiamiento 15, Jurisdicción 58, Servicio Administrativo Financiero (SAF) 328, MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan José Aranguren.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 02/08/2017 N° 55128/17 v. 02/08/2017

Fecha de publicación 02/08/2017