SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Decisión Administrativa 574/2017
Designación.
Ciudad de Buenos Aires, 02/08/2017
VISTO el Expediente N° 0059236/2016, del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, la Ley N° 27.341, los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, N° 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017, las Resoluciones N° 841 de fecha 20 de agosto de 2015 y N° 952 de fecha 21 de septiembre de 2015 todas ellas del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y N° 4 de fecha 11 de agosto de 2016 de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACION y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Que por el artículo 7° de la mencionada Ley, se estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto N° 1615/96 se dispuso la creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL, con personalidad jurídica y con un régimen de autarquía administrativa, económica y financiera, en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.
Que por el Decreto N° 2710/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.
Que por la Resolución N° 841/15 y su modificatoria de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, fueron aprobadas las Coordinaciones de distintas Unidades Organizativas del citado Organismo.
Que por la Resolución Conjunta N° 4/16 de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas la Coordinación de Gestión de Personal.
Que a los fines de garantizar el normal desenvolvimiento de la Coordinación de Gestión de Personal de la Subgerencia de Recursos Humanos y Organización resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del citado cargo vacante.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.341 y 2° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase con carácter transitorio a partir del 1° de noviembre de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del dictado de la presente medida como Coordinador de Gestión de Personal de la Subgerencia de Recursos Humanos y Organización de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, al Licenciado Ariel Roberto DI CECCO (D.N.I. N° 30.595.546), Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N’ 2098/08, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al nivel previstos por el artículo 14 del mismo y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.341.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Entidad 914 - SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Jorge Daniel Lemus.
e. 03/08/2017 N° 55613/17 v. 03/08/2017
Fecha de publicación 03/08/2017