MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO
Disposición 180-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2017
VISTO el EX-2017-12960433-APN-INADI#MJ del Registro del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO; los artículos 2º y 4º de la Ley Nº 24.515; la Ley 26.165; el artículo 4º del Decreto N.º 218/2012 y el Decreto N.º 435/2017 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 18 de la Ley Nº 26.165 dispuso la creación en el ámbito del ex MINISTERIO DEL INTERIOR de la COMISIÓN NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS, previendo a los fines de su conformación la designación de CINCO (5) comisionados, quienes representarán a diversas dependencias del PODER EJECUTIVO NACIONAL, entre las cuales se encuentra el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO.
Que el artículo 19 de la citada Ley establece que los CINCO (5) miembros de la COMISIÓN NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS serán designados por los Organismos a quienes representan y su mandato será de cuatro años, el que podrá prorrogarse por única vez por un lapso igual.
Que oportunamente se designó como integrante de dicha COMISIÓN a la Lic. Martha Gabriela AMENTA (D.N.I. 21.787.191), quien se encuentra a la fecha desvinculada del INSTITUTO, motivo por el cual se estima conveniente proponer a la Lic. Natalia Carolina MENGUAL (D.N.I. 25.619.079) para ocupar la posición vacante.
Que la Lic. MENGUAL reúne los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Ley Nº 26.165.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 218/2012 y el Decreto Nº 435/2017.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Propónese a la Lic. Natalia Carolina MENGUAL (D.N.I. 25.619.079) para ejercer la representación del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO por ante la COMISIÓN NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS que funciona bajo la órbita del MINISTERIO DE INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
ARTÍCULO 2º.- Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, publíquese por un día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, comuníquese, hágase saber a la COMISIÓN NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, notifíquese a la persona propuesta, oportunamente archívese. — Claudio Damián Presman.
e. 03/08/2017 N° 55287/17 v. 03/08/2017
Fecha de publicación 03/08/2017