ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE COLÓN
EDICTO
“Se intima al Señor Mauro Aníbal Rafael Sánchez D.N.I. Nº 32579046 para que dentro de los quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación del presente, proceda al pago de la multa impuesta ($66074,58), bajo apercibimiento de proceder de conformidad con lo previsto por los Arts. 1122 siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22415), debiendo solicitar, una vez cancelado dicho importe, una destinación aduanera permitida de la mercadería involucrada. Si así no lo hiciere se procederá a poner esta última a disposición de la SECRETARÍA GENERAL DE LA NACIÓN y/o en su defecto ordenar su comercialización conforme al procedimiento previsto en la Ley Nº 25603 y -supletoriamente- en los arts. 417 siguientes y concordantes del Código Aduanero, sin perjuicio de proceder a la destrucción de la misma si resultare no apta o prohibida su comercialización (arts. 448 y 451 de mismo cuerpo legal.) Asimismo se le hace saber que contra el presente podrá interponer, en forma optativa, recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación o demanda contenciosa ante la Justicia Federal, dentro de los quince (15) días hábiles a contar desde la notificación del presente, en los términos de los arts. 1132 y 133 del Código Aduanero. Firmado: Hugo Miguel GUGLIELMINO -Administrador Aduana de Colón – Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 -COLON – ENTRE RÍOS.-”.
COLON, 1 AGO. 2017.
Hugo Miguel Guglielmino, Administrador, División Aduana Colón.
e. 03/08/2017 N° 54797/17 v. 03/08/2017
Fecha de publicación 03/08/2017