ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE COLÓN
EDICTO
“Se intima al Sr. Rafael Antonio DI BENEDETTO D.N.I. Nº 93396629, para que dentro de los quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación del presente, proceda al pago de la multa impuesta ($3000,00), bajo apercibimiento de proceder de conformidad con lo previsto por los arts. 1122 siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22415), debiendo solicitar, una vez cancelado dicho importe, una destinación aduanera permitida de la mercadería involucrada. Si así no lo hiciere se tendrá por abandonada a favor del Estado Nacional y se procederá de acuerdo al art. 429 siguientes y concordantes del mencionado texto legal. Asimismo se le hace saber que contra el presente podrá interponer, en forma optativa, recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación o demanda contenciosa ante la Justicia Federal, dentro de los quince (15) días hábiles a contar desde la notificación del presente, en los términos de los arts. 1132 y 1133 del Código Aduanero. Firmado: Ing. Agr. Marcela A. Plouchouk -Administradora (I) Aduana de Colón – Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 -COLON – ENTRE RÍOS.-”
COLON, 1 AGO 2017.
Hugo Miguel Guglielmino, Administrador, División Aduana Colón.
e. 03/08/2017 N° 54804/17 v. 03/08/2017
Fecha de publicación 03/08/2017