JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 607/2017
Recházase recurso.
Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-6562768-APN-DDYME#JGM, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y el Decreto Nº 1714 del 18 de agosto de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita el recurso de reconsideración presentado por la agente Doctora Myriam Rosana CIANI (D.N.I. N° 21.623.979) contra el Decreto N° 1714/15, mediante el que se la designara en la Planta Permanente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el cargo de Profesional Especializado en Patrimonio, Nivel B Grado 0, Tramo General del Agrupamiento Profesional, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que dicha presentación fue interpuesta por considerar la recurrente, que le correspondía la asignación del Grado 4 y del Tramo Intermedio, por aplicación del artículo 31 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que vale recordar que en oportunidad del trámite del citado Decreto N° 1714/15 tomó intervención la entonces OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS considerando que la agente CIANI accedió a un Nivel escalafonario superior, de otro Agrupamiento, como Profesional Especializado en Patrimonio, Nivel B del Agrupamiento Profesional, no resultando de aplicación el cuarto párrafo del artículo 31 del Convenio mencionado, razón por la cual correspondía asignarle el Grado 0 - Tramo General.
Que con posterioridad a la presentación del recurso en trámite, dicha Oficina se expidió reiterando que la recurrente debía ser nombrada en el Nivel B, Grado 0 del Tramo General.
Que la causante tomó vista del expediente, y realizó una nueva presentación con fecha 19 de diciembre de 2016, solicitando la aplicación a su caso de las previsiones del Decreto Nº 1830 del 1º de septiembre de 2015, modificatorio de, entre otros, el artículo 31 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Que han tomado intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES LABORALES Y ANÁLISIS NORMATIVO y la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Y FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, expidiéndose a través del Dictamen (IF-2017-02664438-APN-SSRLYFSC#MM), considerando que corresponde rechazar lo solicitado por la citada agente a los fines de la asignación del grado y tramo en el nuevo Nivel escalafonario B del Agrupamiento Profesional, por entender que a la fecha de designación de la nombrada en la Planta Permanente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS mediante el decreto cuestionado, aún no se encontraba vigente la referida modificación al artículo 31 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Recházase el recurso de reconsideración interpuesto por la agente Doctora Myriam Rosana CIANI (D.N.I. N° 21.623.979), contra el Decreto Nº 1714 del 18 de agosto de 2015, de acuerdo con los argumentos expresados en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
e. 04/08/2017 N° 56035/17 v. 04/08/2017
Fecha de publicación 04/08/2017