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Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESOL-2017- 6934- APN - ENACOM#MCO Fecha: 27/7/2017

OTÓRGASE a la COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE GOBERNADOR UGARTE LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-54574869-6) Licencia, para prestar al público el servicio de Valor Agregado- Acceso a Internet, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo de la Resolución del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 2483 de fecha 16 de mayo de 2016. INSCRÍBASE a la COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE GOBERNADOR UGARTE LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-54574869-6) en el Registro de Servicios TIC- Servicio Valor Agregado-Acceso a Internet previsto en el Artículo 3 del Anexo de la Resolución ENACOM N° 2483 de fecha 16 de mayo de 2016. Comuníquese, publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Juan Martin De Goñi, Coordinador Técnico Administrativo, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 04/08/2017 N° 54985/17 v. 04/08/2017

Fecha de publicación 04/08/2017