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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESOL-2017- 6914- APN - ENACOM#MCO Fecha: 27/7/2017

OTÓRGASE a la empresa MAGDALENA VIRTUAL SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 30-70869912-4) Licencia Única Argentina Digital, que la habilita a prestar al público todo servicio de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo I, del Decreto Nº 764, de fecha 3 de septiembre de 2000. REGÍSTRESE a nombre de la empresa MAGDALENA VIRTUAL SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 30-70869912-4), en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4, del Artículo 5º, del Anexo I del Decreto Nº 764, de fecha 3 de septiembre de 2000, el Servicio de Telefonía Local. INSCRÍBASE a la empresa MAGDALENA VIRTUAL SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 30-70869912-4), en el Registro de Servicios TIC- Servicio de Valor Agregado-Acceso a Internet previsto en el Artículo 3° del Anexo de la Resolución del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 2483 de fecha 16 de mayo de 2016. Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Juan Martin De Goñi, Coordinador Técnico Administrativo, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 04/08/2017 N° 54986/17 v. 04/08/2017

Fecha de publicación 04/08/2017