ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DIVISIÓN ADUANA DE SAN MARTÍN DE LOS ANDES
Actuación SIGEA 17791-71-2016. San Martín de los Andes, 28 de Marzo de 2017 “...VISTO... y CONSIDERANDO EL ADMINISTRADOR DE LA DIVISION ADUANA SAN MARTIN DE LOS ANDES, RESUELVE: ARTICULO 1°.- CONDENAR a la Sra. ROBLES GUZMAN, SONIA BEATRIZ, D.N.I. N° 28.111.068, al pago de una multa de PESOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 19.450,00.-), suma equivalente a una vez el valor en aduana de la mercadería en infracción, conforme lo previsto en el artículo 977 del Código Aduanero, y las demás consideraciones vertidas. ARTICULO 2°.- INTIMAR al Sra. ROBLES GUZMAN, SONIA BEATRIZ, D.N.I. N° 28.111.068, a la cancelación de la multa impuesta que se hace referencia en el artículo precedente, en el plazo de quince (15) días de quedar firme la presente Resolución Fallo, bajo apercibimiento de procederse conforme a los artículos 1122/1128 del Código Aduanero. ARTICULO 3°.- PROCEDER a destinar de oficio la mercadería circunscripta en las presentes actuaciones, consistente en: treinta y cuatro (34) sweaters y cuatrocientas setenta y ocho (478) remeras, debiéndose en tal sentido, ponerlas a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, en los términos del artículo 4° de la Ley 25.603 “Donaciones”. ARTICULO 4°.- HAGASE SABER a la parte involucrada que, contra el presente pronunciamiento podrá optar por la interposición de Demanda Contenciosa ante el Poder Judicial de la Nación - Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Zapala, provincia del Neuquén - ó Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación, en el plazo de quince (15) días, a contar desde el primer día hábil de notificado, debiendo en ambos supuestos, comunicar dicha situación, a la División Aduana San Martín de los Andes, sita en la intersección de las calles Gral. Roca y Tte. Cnel. Rohde, de la localidad homónima, provincia del Neuquén, de conformidad a las prescripciones de los artículos 1132 al 1139 del Código Aduanero. ARTICULO 5°.- REGISTRESE. NOTIFIQUESE ....” RESOLUCION FALLO N° 057/2017 (AD SMAN). Fdo. Ing. Juan Bautista Ocampo - Administrador División Aduana San Martín de los Andes”.
Juan Bautista Ocampo, Administrador, Aduana San Martín de los Andes.
e. 07/08/2017 N° 55419/17 v. 07/08/2017
Fecha de publicación 07/08/2017