ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
EXPCNC 12549/2011 - RESOL-2017-7108-APN-ENACOM#MCO - FECHA 1/08/2017
REINSCRÍBESE a la firma S.G. MENSAJERÍA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. 30-70976595-3) en el SUBREGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE MENSAJERÍA con el número 32 (TREINTA Y DOS) en las condiciones establecidas en el presente y en orden a lo dispuesto por el Decreto N° 1187/1993 y el Anexo II de la Resolución CNC N° 1811/2005 y la Resolución CNC N° 604/2011. REGÍSTRESE que la firma S.G. MENSAJERÍA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ha declarado la oferta del servicio de MENSAJERÍA URBANA con cobertura geográfica en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en forma total. ESTABLÉCESE, que el vencimiento del plazo previsto por el Artículo 2° de la Resolución CNCT N° 007/1996 para que la firma S.G. MENSAJERÍA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA acredite el cumplimiento anual de los requisitos previstos para el mantenimiento de su inscripción, operará el 28 de febrero de 2018. Comuníquese, publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 09/08/2017 N° 56367/17 v. 09/08/2017
Fecha de publicación 09/08/2017