ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESOL-2017-7011-APN-ENACOM#MCO - Fecha: 28/7/2017
INSCRÍBASE a la COOPERATIVA LIMITADA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS ELÉCTRICOS, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, ASISTENCIALES Y CRÉDITOS, VIVIENDA Y CONSUMO DE TRENQUE LAUQUEN (C.U.I.T. 30-54570171-1), en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4 del Artículo 5° del Anexo I del Decreto N° 764/00 de fecha 3 de septiembre de 2000, el Servicio de Operador Móvil Virtual (OMV). INSCRÍBASE a la COOPERATIVA LIMITADA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS ELÉCTRICOS, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, ASISTENCIALES Y CRÉDITOS, VIVIENDA Y CONSUMO DE TRENQUE LAUQUEN (C.U.I.T. 30-54570171-1) en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4. del Artículo 5º, del Anexo I del Decreto Nº 764, de fecha 3 de septiembre de 2000, el Servicio de Transportes de Señales de Radiodifusión y Servicio de Transmisión de Datos. Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 09/08/2017 N° 56493/17 v. 09/08/2017
Fecha de publicación 09/08/2017