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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Disposición 64-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2017

VISTO el Expediente N° 1.764.056/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la LEY N° 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, Ley 23.546 (t.o. 2004) y

CONSIDERANDO:

Que con posterioridad al dictado de la Disposición SsRL N° DI-2017-57-APN-SSRL#MT, de fecha 07 de julio del 2017, fue detectado un error material involuntario al momento de consignar un de los nombres de las partes que celebraron el Acuerdo y el Acuerdo Complementario homologado por la Disposición mencionada.

Que por lo cual, y teniendo presente la presentación de fojas 1 del Expediente N° 1768224/2017, agregado a las presentes actuaciones como fojas 31, y que todas las partes han cumplimentado los recaudos exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004), corresponde consignar, dentro del sector empresario firmante, a la Cámara de Instituciones de Diagnóstico Médico (CADIME).

Que de conformidad con lo antes dicho, corresponde dictar una disposición rectificando la homologación dictada en el sentido señalado.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el Artículo 1° de la Disposición SsRL N° DI-2017-57-APN-SSRL#MT para que diga: “ARTÍCULO 1º.- Declarar homologados el Acuerdo y el Acuerdo Complementario celebrados entre FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FATSA), por el sector sindical, la CÁMARA DE INSTITUCIONES DE DIAGNÓSTICO MÉDICO (CADIME) y la CAMARA DE ENTIDADES DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO AMBULATORIO (CEDIM), por el sector empresario, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 108/75, obrantes respectivamente a fojas 05/12 y 13/14 del Expediente N° 1.764.056/2017, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).”.

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo y el Acuerdo Complementario obrantes a fojas 05/12 y 13/14 del Expediente N° 1.764.056/2017.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución las partes deberán proceder de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5° de la Ley 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 11/08/2017 N° 56100/17 v. 11/08/2017

Fecha de publicación 11/08/2017