BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6274/2017
11/07/2017
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular OPRAC 1 - 900. LISOL 1 - 745. Financiamiento al sector público no financiero. Programa de Cancelación de Letras de Tesorería 2016-2017 de la Provincia de Río Negro. Modificación de las condiciones financieras aplicables.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, respecto de la modificación de la moneda de integración y de la fecha de vencimiento aplicables para la emisión de Títulos de Deuda Pública de la Provincia de Río Negro destinados al “Programa de Cancelación de Letras de Tesorería 2016-2017” —creado por el Decreto Provincial N° 359/17—, en los términos de las Resoluciones N° 93/17 y N° 98/17 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.
Las entidades financieras no podrán aplicar los recursos en moneda extranjera obtenidos de sus pasivos por intermediación financiera a la suscripción de los citados títulos de deuda integrados en moneda extranjera, de conformidad con lo previsto en las normas sobre “Política de crédito”.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.
e. 14/08/2017 N° 57483/17 v. 14/08/2017
Fecha de publicación 14/08/2017