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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 636/2017

Buenos Aires, 16/08/2017

VISTO el Expediente N° 641/2012/INCAA, del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248 de fecha 16 de octubre de 2001), el Decreto N° 1536 de fecha 22 de agosto de 2002, el Decreto N° 769 de fecha 10 de junio de 2016, el Decreto N° 324 de fecha 08 de mayo de 2017, la Resolución INCAA N° 2203 de fecha 8 de septiembre de 2011 y la Resolución INCAA N° 55 de fecha 17 de mayo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3º inciso I) de la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/01) establece entre las facultades del Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la de designar jurados, comisiones o delegaciones que demande el cumplimiento de la presente ley.

Que mediante el artículo 27° de la Resolución N° 2203/11/INCAA, se creó un Comité Técnico de Créditos, con facultades para la evaluación de los proyectos que aspiran a obtener el beneficio crediticio del Instituto, el cual está integrado por TRES (3) miembros del sector de la producción, con una vigencia máxima de SEIS (6) meses como miembros de dicho órgano, siendo asistido por técnicos especializados en evaluación financiera y económica designados a tal efecto.

Que según Resolución INCAA N° 55 de fecha 17 de mayo de 2017 fue nombrado el último COMITÉ TÉCNICO DE CRÉDITOS, en funciones hasta el día 1° de agosto de 2017.

Que según el Acta del Consejo Asesor de fecha 08 de junio de 2017, integrado por el Sr. GUIDO VALERGA, el Sr. ALEJANDRO ALDANA, el Sr. JUAN PABLO GUGLIOTTA, el Sr. ARIEL AVALOS, el Sr. MARTÍN FERRARI FREIRE, el Asesor FERNANDO KRICHMAR que asiste por la ausencia del Sr. MARTÍN DESALVO y la Sra. MÓNICA AMARILLA que asiste por la ausencia de la Sra. CECILIA VALLINA, habiendo quórum suficiente, resulta la decisión de designar a los integrantes del COMITÉ TECNICO DE CREDITOS, siendo los mismos, HERNAN FINDLING (DNI. N° 21.963.119), ALEJANDRO JULIAN ISRAEL (DNI. N° 27.691.766) y MARTÍN ALEJANDRO DESALVO (DNI. N° 23.701.120).

Que los miembros designados por la presente Resolución sesionarán durante el plazo comprendido entre el 02/08/2017 y 31/01/2018, según lo comprendido en el Artículo N° 27 de la Resolución INCAA N° 2203 de fecha 8 de septiembre de 2011, transcurrido el mismo cesarán en sus funciones la totalidad de los integrantes del mencionado Comité y se designarán a los nuevos miembros, quiénes cumplirán con el rol de asesoramiento técnico, quienes se expresarán a través de sus dictámenes, desempeñándose bajo la modalidad de Contrato de Locación de Obra, no constituyendo relación de dependencia alguna con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que se deja constancia que será de aplicación la Resolución N° 2203/11/INCAA, en todo aquello que no contradiga a la presente Resolución.

Que el suscripto, entiende que la conformación del COMITÉ TÉCNICO DE CRÉDITOS se lleva a cabo en virtud de la normativa vigente, toda vez que los integrantes propuestos reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir con las tareas encomendadas, debiendo regirse los mismos por los preceptos conferidos en la Resolución N° 2203/11/INCAA.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Que la facultad para el dictado de la misma surge de la Ley 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/01), Decreto N° 1536/02 y Decreto N° 324/17.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnese como miembros del COMITÉ TÉCNICO DE CRÉDITOS a HERNAN FINDLING (DNI. N° 21.963.119), ALEJANDRO JULIAN ISRAEL (DNI. N° 27.691.766) y MARTÍN ALEJANDRO DESALVO (DNI. N° 23.701.120), con facultades para la evaluación de los proyectos que aspiran a obtener el beneficio crediticio del Instituto, durando SEIS (6) meses en sus cargos, a partir del día 02 de agosto de 2017 al 31 de enero de 2018.

ARTÍCULO 2°.- Convalídese lo actuado a partir del 03 de agosto de 2017 por el Comité Técnico de Créditos.

ARTÍCULO 3°.- Los integrantes nombrados en el artículo primero de la presente Resolución, se desempeñarán bajo la modalidad de Contrato de Locación de Obra, no constituyendo relación de dependencia alguna, con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTÍCULO 4°.- Déjese constancia que será de aplicación la Resolución N° 2203/11/INCAA, en todo aquello que no contradiga a la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ralph Haiek.

e. 22/08/2017 N° 59933/17 v. 22/08/2017

Fecha de publicación 22/08/2017