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8 de Mayo de 2024

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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE COLÓN

EDICTO

“Se cita al Sr. Eduardo Daniel GALARZA PEREIRA C.I. Uruguaya N° 3751478-7 para que, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación del presente, comparezca en el Sumario Contencioso 013-SC-27-2017/5 obedeciendo a que se le imputa la infracción de contrabando menor prevista y penada en el Art. 947 del Código Aduanero (Ley 22415) y bajo apercibimiento de declarar su rebeldía en los términos del Art. 1105 del citado texto legal. En su presentación deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana (Art. 1001 C.A.) bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados de esta oficina aduanera, donde se le notificarán de pleno derecho todas las resoluciones y providencias que se dictaren, en la forma prevista por el art. 1013 inc. g) del mismo cuerpo normativo. Se le hace saber que el mínimo de la multa que pudiere corresponder por el hecho de que se trata asciende a $20695,50. Firmado: Hugo Miguel Guglielmino - Administrador de la División Aduana de Colón - Aduana de Colón sito en Alejo Peyret 114 - COLON - ENTRE RIOS”.-

Hugo Miguel Guglielmino, Administrador, División Aduana de Colón.

e. 22/08/2017 N° 59898/17 v. 22/08/2017

Fecha de publicación 22/08/2017