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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

Resolución 71/2017

17/08/2017

El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el Expediente N° 341-08 la Resolución ERAS N° 71 de fecha 17/08/2017, mediante la cual se crea una Comisión de estudio que analice y elabore las propuestas de modificación de las normas técnicas del “Reglamento para las Instalaciones Sanitarias Internas y Perforaciones”, transcribiendo a continuación los artículos:

“ARTÍCULO 1°.- Créase una Comisión de estudio que analice y elabore las propuestas de modificación de las normas técnicas del “Reglamento para las Instalaciones Sanitarias Internas y Perforaciones” aprobado por Resolución del Administrador General N° 75.185 de fecha 12/08/1986 de la ex OBRAS SANITARIAS DE LA NACIÓN (OSN), que contemple además un sistema de distribución de agua que pueda permitir la micromedición por unidades de vivienda, de oficina y comercio y el marco legal de regulación.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que la Comisión estará integrada por representantes de la GERENCIA TÉCNICA, de la GERENCIA DE ATENCIÓN AL USUARIO y de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).

ARTÍCULO 3°.- Invitase a la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS DE LA NACIÓN, a la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN y a la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. a designar representantes para integrar el equipo de trabajo de la Comisión.

ARTÍCULO 4°.- Invitase a la CÁMARA ARGENTINA DE LAS INSTALACIONES PARA FLUIDOS (CAIF), al INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN (IRAM), al INSTITUTO TECNOLÓGICO LEOPOLDO MARECHAL del SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (ITLM-SGBATOS), a la FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y URBANISMO de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES (FADU-UBA), a la FACULTAD DE INGENIERÍA de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES (FI-UBA) y a la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL BUENOS AIRES (UTN-FRBA) a designar, respectivamente, un representante para integrar el equipo de trabajo de la Comisión.

ARTÍCULO 5°.- La Comisión deberá realizar una propuesta de análisis y diagnóstico de la situación en el plazo de SESENTA (60) días y abocarse, en el término de NOVENTA (90) días posteriores a la conformidad de la Superioridad del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), a la regularización de la actividad conforme el Anexo de la presente resolución.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese, remítanse las invitaciones respectivas en orden a lo señalado por los artículos 3° y 4° de la presente resolución, tomen conocimiento las GERENCIAS TÉCNICA, DE ATENCIÓN AL USUARIO y DE ASUNTOS JURÍDICOS del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese.”

Alberto L. Monfrini, Presidente.

e. 24/08/2017 N° 61034/17 v. 24/08/2017

Fecha de publicación 24/08/2017