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30 de Abril de 2024

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ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

EL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS comunica a los usuarios residenciales del servicio de gas por redes que se ha instruido a las prestadoras del servicio de distribución, en forma excepcional, a que en las facturas que se emitan a partir del 25 de agosto de 2017 y hasta el 31 de octubre de 2017, deberán contemplar un diferimiento de pago del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total de la liquidación correspondiente al período de facturación, sin la aplicación de intereses.

Los montos objeto del diferimiento deberán ser incluidos en la primera factura que se emita con posterioridad al 31 de octubre de 2017 y en dos cuotas mensuales iguales y consecutivas, tal como se encuentra previsto para la cancelación de facturaciones emitidas en forma habitual.

Esta medida no alcanzará a los usuarios beneficiarios de la Tarifa Social, toda vez que los mismos reciben una bonificación del CIENTO POR CIENTO (100%) del precio del gas natural incluido en la tarifa; ni a los usuarios con consumo cero (0) en el período de facturación.

Daniel Alberto Perrone, Vicepresidente, Ente Nacional Regulador del Gas.

e. 25/08/2017 N° 62251/17 v. 25/08/2017

Fecha de publicación 25/08/2017