ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 375/2017
Buenos Aires, 24/08/2017
ACTA N° 1492
Expediente ENRE N° 47.669/2016
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte de Energía Eléctrica existente, solicitado por la Empresa CENTRAL PUERTO RENOVABLES SOCIEDAD ANÓNIMA (CP RENOVABLES S.A.), de un PARQUE EÓLICO ACHIRAS, ubicado en la Provincia de CÓRDOBA, compuesto por DIECISÉIS (16) aerogeneradores de 3 MW cada uno, totalizando 48 MW, a conectarse a la futura Estación Transformadora (ET) 132/33/13,2 KV Parque Eólico Achiras, de la que saldrá una Línea de Alta Tensión (LAT) 132 KV de DIECISÉIS (16) kilómetros que se conectará a una Estación de Maniobra que permitirá, a través de DOS (2) LAT también en 132 KV, seccionar en un punto intermedio la Línea de Alta Tensión 132 KV existente entre las EETT Rio Cuarto (Provincia de CÓRDOBA) y la ET Villa Mercedes (Provincia de SAN LUIS). 2.- Solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) la publicación de un Aviso, así como publicar el mismo en la página de internet del ENRE por el plazo de CINCO (5) días a fin de que quien lo considere procedente pueda presentar un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI), o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo, procediendo en su caso de acuerdo a lo consignado en los Considerandos de la presente. En caso de que no hubiera ninguna presentación en oposición, vencido el plazo, se considerará autorizado el Acceso solicitado. 3.- La Empresa CP RENOVABLES S.A.deberá presentar ante CAMMESA las Planillas de Recolección de Datos para el Banco Nacional de Parámetros, debidamente completadas, a medida que el grado de avance de ejecución del proyecto lo permita. 4.- CP RENOVABLES S.A. al momento de la efectiva conexión de la Central Térmica denominada Loma Campana, deberá haber cumplimentado todos los aspectos técnicos que le haya requerido el Organismo Encargado del Despacho (OED). 5.- Notifíquese a CP RENOVABLES S.A., a EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA (EPEC), a la SECRETARÍA DE AMBIENTE DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, a CAMMESA, y a las Asociaciones de Usuarios registradas en el RNAC (Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor). Firmado: Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone -.
Silvia Aginsky, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 28/08/2017 N° 62322/17 v. 28/08/2017
Fecha de publicación 28/08/2017